Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2025

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250616-23

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

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ORDEN 142/2025, de 30 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2025, aprobado por Orden 90/2025, de 1 de abril, de la Consejería de Digitalización.

Mediante Orden 90/2025, de 1 de abril, de la Consejería de Digitalización, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2025, como instrumento de planificación de las subvenciones gestionadas por la Consejería durante este año.

La presente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2025, tiene por objeto la ampliación del presupuesto de la línea de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, del apartado I.2, destinadas al desarrollo de casos de uso de Inteligencia Artificial; la inclusión de dos nuevas líneas de subvenciones no recogidas anteriormente en el epígrafe I de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva; y la supresión de la línea inicialmente prevista en el epígrafe II.2 de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

En primer lugar, se incluye una nueva línea de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, en el apartado I.3, con una subvención dirigida a la ejecución de actuaciones formativas para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del componente 19, inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Se introduce también otra nueva línea de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, en el apartado I.4, dirigida a pymes con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que hayan implantado soluciones digitales innovadoras en las áreas de salud, greentech y aeroespacial dentro del proyecto Redes de Emprendimiento Digital del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del componente 13, inversión 1 “Impulso a la pyme”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Por último, se suprime el apartado II.2 concerniente a la subvención dirigida a premiar las mejores soluciones digitales innovadoras que mejor aborden los retos planteados por parte de la Comunidad de Madrid (innovación abierta) en las áreas de salud, greentech y aeroespacial dentro del proyecto Redes de Emprendimiento Digital del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del componente 13, inversión 1 “Impulso a la pyme”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8, apartado 1, establece con el carácter de legislación básica, que los órganos de las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

El Plan Estratégico se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como “información institucional, organizativa y de planificación” que ha de ser objeto de publicidad activa, y en el marco de la Ley 10/2019, de 1 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

Las actuaciones que se promueven a través de las subvenciones que contempla el plan, sus objetivos y dotación económica, están en consonancia con los definidos en los programas presupuestarios de la Consejería, conforme a los principios contenidos en la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Estrategia Digital, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Modificar parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Digitalización, aprobado mediante la Orden 90/2025, de 1 de abril, en los siguientes términos:

Primero.—Se incrementa en 7.695.000 euros el presupuesto previsto para la línea de subvenciones destinadas al desarrollo de casos de uso de Inteligencia Artificial 2025, dentro del programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, en el marco del Componente 16, Reforma 1 “Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial”, con cargo el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Segundo.—Se introduce un nuevo apartado I.3 relativo a una línea de subvención dirigida a la ejecución de actuaciones formativas para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del componente 19, inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Tercero.—Se introduce un nuevo apartado I.4 relativo a una línea de subvención dirigida a pymes con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que hayan implantado soluciones digitales innovadoras en las áreas de salud, greentech y aeroespacial dentro del proyecto Redes de Emprendimiento Digital del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del componente 13, inversión 1 “Impulso a la pyme”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Cuarto.—Se elimina el apartado II.2 concerniente a la subvención dirigida a premiar las mejores soluciones digitales innovadoras que mejor aborden los retos planteados por parte de la Comunidad de Madrid (innovación abierta) en las áreas de salud, greentech y aeroespacial dentro del proyecto Redes de Emprendimiento Digital del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del componente 13, inversión 1 “Impulso a la pyme”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

La presente Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (Base de Datos Nacional de Subvenciones).

En Madrid, a 30 de mayo de 2025.

El Consejero de Digitalización, MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO

ANEXO

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN 2025

I. Líneas de subvención en régimen de concurrencia no competitiva

I.2. Subvenciones destinadas al desarrollo de casos de uso de Inteligencia Artificial-2025, dentro del programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, en el marco del componente 16, Reforma 1 “Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

D) Costes previsibles y fuente de financiación: El crédito propuesto será de 11.800.627,26 euros en la anualidad 2025, estimándose realizar el gasto en 2025. La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 77301 “A pequeñas y medianas empresas”, financiado en un 75 por 100 con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 16 R1 y el resto con fondos de la Comunidad de Madrid.

I.3. Subvención dirigida a la ejecución de actuaciones formativas para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del componente 19, Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

A) Área de competencia y sectores a los que se dirige: El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización establece en su artículo 6.1 las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en materia de impulso de la economía digital y la digitalización de la sociedad en la Comunidad de Madrid, más en concreto, tiene competencias en la promoción y apoyo al desarrollo de la sociedad digital para los ciudadanos y la coordinación y ejecución de las políticas de impulso de la sociedad de la información, contribuyendo a la reducción de la brecha digital.

Se dirige a las asociaciones y entidades deportivas de la Comunidad de Madrid para la captación de deportistas, entrenadores, directivos y árbitros de competiciones deportivas en la realización de cursos de la plataforma Madrid Aula Digital. Incluye actividades de inscripción, difusión, gestión en la plataforma y apoyo a las actividades de Madrid Aula Digital por parte de los destinatarios.

B) Objetivos y efectos perseguidos: Los objetivos perseguidos son la capacitación digital de la ciudadanía a través de la ejecución de acciones formativas en la plataforma Madrid Aula Digital, a través de las asociaciones y entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, dentro del componente 19 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)” contribuyendo de esta manera al desarrollo de la sociedad digital.

C) Plazo de consecución: Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para el año 2025.

D) Costes previsibles y fuente de financiación: El crédito propuesto para esta subvención asciende a 1.999.000,00 euros en la anualidad 2025, estimándose realizar el gasto en 2025 y 2026.

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 48001 “A instituciones deportivas y de juventud”, financiado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del componente 19 inversión 1.

E) Plan de acción: Se trata de aprovechar las capacidades de los clubes y entidades deportivas de la Comunidad de Madrid para hacer llegar las actuaciones formativas de Madrid Aula Digital, en el marco del Plan de Capacitación Digital para los ciudadanos 2022-2025, y el cumplimiento del Componente 19 en la Comunidad de Madrid.

Estas subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.

Esta línea de subvenciones se resolverá por orden de entrada de las solicitudes en el registro del órgano competente para su tramitación, una vez que el expediente esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.

El órgano concedente será la Consejería de Digitalización siendo el órgano instructor de los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.

La resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la citada Consejería.

F) Seguimiento y evaluación: La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con estas ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: número de beneficiarios de las ayudas, grado de ejecución presupuestaria y número de acciones subvencionables.

I.4. Subvención dirigida a pymes con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que hayan implantado soluciones digitales innovadoras en las áreas de salud, greentech y aeroespacial dentro del proyecto Redes de Emprendimiento Digital del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del componente 13, inversión 1 “Impulso a la pyme”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

A) Área competencial y sectores a los que se dirige: El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, establece en su artículo 6.2, entre las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en materia de transformación digital, gobernanza e impulso de las telecomunicaciones, la promoción de la transformación digital a través de la articulación y la tramitación de subvenciones.

B) Objetivos y efectos: El objetivo de esta línea de subvenciones es subvencionar el desarrollo e implantación en pymes, con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, receptoras de soluciones digitales innovadoras prestadas por startups con el fin de mejorar su competitividad, digitalización y sostenibilidad, así como favorecer la actividad de la pyme en los sectores de actividad prioritarios del proyecto “Redes de Emprendimiento Digital” en la Comunidad de Madrid, fortaleciendo la colaboración entre el ecosistema de emprendimiento y los agentes de la economía digital de la Comunidad de Madrid.

C) Plazo: Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para el año 2025.

D) Costes previsibles y fuente de financiación: La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 49000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica”, financiado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del componente 13, inversión 1.

El crédito propuesto será de 3.200.000 euros en la anualidad 2025, estimándose realizar el gasto en 2025.

E) Plan de acción: Estas subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.

El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará mediante concurrencia no competitiva. Esta línea de subvenciones se resolverá por orden de entrada de las solicitudes en el registro del órgano competente para su tramitación, una vez que el expediente esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.

El órgano concedente será la Consejería de Digitalización, siendo el órgano instructor de los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.

La resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la citada Consejería.

F) Seguimiento y evaluación: Evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con estas ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: grado de ejecución presupuestaria y número de empresas beneficiarias.

(03/9.069/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250616-23