Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
11-06-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250611-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

RÉGIMEN ECONÓMICO

73
Valdemoro. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2025, adoptó acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los Servicios Urbanísticos del Ayuntamiento de Valdemoro.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicha modificación provisionalmente aprobada se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante un plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De conformidad con lo dispuesto en artículo 17.3 del mismo texto legal, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

Dicha exposición al público se anunciará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y comenzará a contar su plazo a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio. Además, deberá anunciarse en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma.

El expediente del acuerdo de referencia se halla expuesto al público en las Dependencias del Área Económica de este Ayuntamiento a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra el mismo.

En Valdemoro, a 29 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.

(03/8.750/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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