Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250605-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

73
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de 21 de mayo de 2025, de convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la juventud.

BDNS (Identif.): 835704

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/835704 ).

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los dos requisitos siguientes:

1. Se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones/Fundaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en los registros correspondientes a nivel estatal, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones.

2. Que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones Municipal de Pozuelo de Alarcón como asociaciones juveniles.

Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

El cumplimiento de las obligaciones con la AEAT y con la Seguridad Social podrán acreditarse mediante la presentación de una declaración responsable, incluida en el Anexo I.

No podrán ser beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 5, apartado 6, de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones de este Ayuntamiento, y artículos 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 18 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a financiar los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.

Estas subvenciones están dirigidas a entidades cuya finalidad sea el desarrollo de actividades sin ánimo de lucro destinadas a jóvenes con edades comprendidas entre los 12 y los 30 años de edad a través del desarrollo de proyectos que fomenten el fortalecimiento del tejido social y la mejora de la calidad de vida y del bienestar de la ciudadanía en el término municipal.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—En el presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para el ejercicio 2025, figura la aplicación presupuestaria 03 3341 48000 “Otras Ayudas Benéficas”, con una consignación de 12.000,00 euros para atender al gasto de la presente convocatoria de subvenciones.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pozuelo de Alarcón, a 26 de mayo de 2025.—La concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local, Lucía Emilia Molares Pérez.

(03/8.604/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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