Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
02-06-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250602-7

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

7
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en los procesos selectivos para el acceso, a través del sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de la categoría profesional de Educador, Especialidad Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid, se publica las relaciones definitivas de personas excluidas y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la oposición.

Mediante Orden 566/2021, de 8 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 287, de 2 de diciembre), se convocaron dos procesos selectivos para el acceso, por el sistema de turno libre y por el sistema de promoción interna, para el acceso a plazas de personal laboral de la Categoría profesional de Educador, Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid Corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309, de 28 de diciembre), cuyas plazas fueron objeto de ampliación para el sistema de acceso de promoción interna mediante Orden 346/2022, de 23 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 58, de 9 de marzo).

Posteriormente, se publicó la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en los procesos selectivos para el acceso, por el sistema de acceso libre y de promoción interna, a plazas de la citada categoría profesional, y se publican las relaciones provisional de personas excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 130, de 2 de junio).

Asimismo, mediante Resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 162, de 10 de julio de 2023), se hizo pública la composición del Tribunal Calificador de las mencionadas pruebas selectivas, posteriormente modificada mediante Resolución de 28 de septiembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 238, de 6 de octubre), mediante Resolución de 19 de octubre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 256, de 27 de octubre de 2023); Resolución de 31 de julio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 189, de 9 de agosto de 2024); Resolución de 23 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 263, de 4 de noviembre de 2024); Resolución de 17 de enero de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 25, de 30 de enero de 2025), y Resolución de 18 de marzo de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 74, de 28 de marzo de 2025).

En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación, y efectuadas las comprobaciones pertinentes, este centro directivo, de conformidad con lo establecido en la base novena apartado cuarto de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 79, de 3 de abril), esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en los referidos procesos selectivos, que se podrán consultar a través del buscador de trámites de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, al se puede acceder desde los siguientes enlaces:

— Para los aspirantes del proceso de acceso libre:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/educacion-infantil-0

— Para los aspirantes del proceso de promoción interna:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/educacion-infantil

Igualmente, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en las páginas web:

— Para los aspirantes del proceso de acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-educacion-infanti...

— Para los aspirantes del proceso de promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/educador-ed...

Segundo

Publicar, como Anexo I y II a la presente Resolución, las relaciones definitivas de personas aspirantes excluidas en los reseñados procesos selectivos.

Tercero

La inclusión en la relación definitiva de personas admitidas al proceso selectivo no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar, para aquellas personas que superen el proceso selectivo, tal y como se indica en las bases octava y novena de la Orden 566/2021, de 8 de noviembre de 2021.

Cuarto

Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido tribunal calificador, el día 13 de septiembre de 2025, a las 10:00 horas, que se llevará a cabo en las siguientes facultades de la Universidad Autónoma de Madrid:

— Facultad de Económicas de la UAM sita en la calle Francisco Tomás y Valiente, número 5-28049 Madrid.

— Facultad de Derecho de la UAM sita en la calle Kelsen, número 1-28049 Madrid.

— Facultad de Derecho-Edificio de Ciencias Jurídicas de la UAM sita en calle Marie Curie, número 2-28049 Madrid.

El ejercicio convocado se desarrollará conforme a lo dispuesto en la base primera de los anexos I y II de la citada Orden 566/2021, de 8 de noviembre de 2021.

El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el citado tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.

Quinto

No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidas a estas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente resolución.

Asimismo, habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad.

No se permitirá el acceso a examen a quienes no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal de Selección.

Durante la realización del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet, teléfono móvil o reloj inteligente.

Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Sexto

Se hará pública, en las páginas web indicadas en el apartado primero, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del primer ejercicio de la oposición, con indicación de la concesión o denegación de la misma, sin perjuicio de que, en este último caso, se proceda a la notificación individualizada de las causas de denegación.

Séptimo

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En Madrid, a 20 de mayo de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Moreno Bernis.









(03/8.096/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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