Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250528-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 21 de mayo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombra funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, por promoción interna.

A la vista de la Resolución de 10 de abril de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de mayo), de la Dirección General de Función Pública, mediante la que, en cumplimiento de auto judicial, se hace pública la superación, por D. Álvaro Pérez de Zabalza Lorenzana, del proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, convocado por Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de enero de 2020), de la Consejería de Hacienda y Función Pública y una vez verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

En su virtud y, de conformidad con lo dispuesto en la base Novena de la citada convocatoria, la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria en la Comunidad de Madrid, y el artículo 2 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,

DISPONGO

Primero

Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría Jefe de Equipo, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, por promoción interna, con efectos económicos y administrativos desde el 19 de septiembre de 2023, día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden de 8 de septiembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de septiembre) por la que fueron nombrados como tales los aspirantes que resultaron seleccionados en el mismo proceso selectivo en el que participó en ejecución del auto de 5 de diciembre de 2023, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid, al aspirante que se indican a continuación, con la expresión del número de orden y del puesto de trabajo que se adjudica:

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los funcionarios de carrera nombrados por la citada Orden de 8 de septiembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y que constan en el Anexo de la misma entre los números de orden 32 y el 37, habrán de ocupar los números de orden incluidos entre el 33 y el 38.

Segundo

Para adquirir la condición de funcionario de carrera, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid y el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, sobre Juramento en la toma de posesión de cargos o funcionarios públicos, deberán prestar juramento o promesa y tomar posesión en el puesto de trabajo en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a estos efectos, el aspirante deberá ponerse en contacto con la Dirección General de Recursos Humanos a través del correo electrónico situacionesadministrativa@madrid.org , para concertar cita previa, indicando el día que solicita comparecer.

Tercero

El aspirante referido cesará en su condición de personal funcionario en prácticas con efectos de la toma de posesión como personal funcionario de Carrera.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 21 de mayo de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), la Directora General de Recursos Humanos, María Belén Anaut Escudero.

(03/8.062/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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