Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250526-88

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEOLMOS-ALALPARDO

PERSONAL

88
Valdeolmos-Alalpardo. Personal. Plantilla personal

Por acuerdo plenario de fecha 2 de abril de 2025, se aprobó modificar la plantilla de personal municipal en los siguientes términos:

Primero.—Aprobar inicial y definitivamente en ausencia de alegaciones, la modificación la plantilla de personal laboral en los siguientes términos:

Segundo.—Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de quince días mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento. Durante ese plazo las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.

Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial.

Considerando que durante el período de exposición al público no se formularon alegaciones, se considera definitivamente aprobado, el acuerdo de modificación de la plantilla de personal para el ejercicio 2025.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que contra dicho acto podrá interponerse con carácter potestativo y por quien acredite su condición de interesado, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Ayuntamiento, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alalpardo, a 13 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Medranda Rivas.

(03/7.533/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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