Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250526-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MECO

URBANISMO

65
Meco. Urbanismo. Estatutos entidad urbanística

Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación del ámbito del SAU-13.

Por el presente anuncio se hace público a los efectos legales oportunos, tras su remisión al Registro de Entidades urbanísticas, la aprobación definitiva de la modificación de los estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación del Parque Industrial del SAU-13 conforme el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de febrero de 2025, modificándose los artículos número 23 y número 28 de los estatutos, quedando los mismos redactados del siguiente modo:

“Artículo 23. Duración de los cargos del Consejo Rector:

1. El nombramiento de miembro del Consejo Rector tendrá una duración de dos años, a excepción del Secretario y del Administrador, que serán cargos permanentes sin perjuicio de poder ser removidos del cargo en cualquier momento por acuerdo de la Asamblea General.

Los cargos renovables podrán ser reelegidos al término de su mandato por otro período igual y tantas veces los acuerde la Asamblea.

2. En caso de fallecimiento, renuncia o acuerdo de cese de algún miembro el Consejo Rector designará al sustituto hasta la celebración de la primera reunión de la Asamblea General, que decidirá sobre su continuación o remoción”.

“Artículo 28. Nombramiento:

El presidente del Consejo Rector será nombrado por la Asamblea General entre los miembros del Consejo Rector que hubieran resultado elegidos. Su nombramiento tendrá una duración de dos años, sin perjuicio de ser removido de su cargo en cualquier momento por acuerdo de la propia Asamblea General. Podrá ser reelegido al término de su mandato por otro período igual y tantas veces lo acuerde la Asamblea”.

Quienes estén legitimados podrán interponer recurso de reposición durante el plazo de un mes, a contar del siguiente desde la publicación de este anuncio, ante el Órgano Municipal que ha dictado el acto, en el registro general de este Ayuntamiento o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde la publicación de este anuncio, conforme se establece en el artículo 10 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, todo ello sin perjuicio de hacer uso de cualquier otro medio de oposición, admitido en derecho.

En Meco, a 12 de marzo de 2025.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.

(02/3.988/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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