Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250521-56

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución 2/346, de 29 de abril de 2025, de la Junta de Gobierno Local, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones del Área Medio Ambiente a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades medioambientales y ecosociales en el municipio de Móstoles, ejercicio 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/831272 ).

BDNS (Identif.): 831272

Primero. Beneficiarios.—Las asociaciones o entidades que cumplan los siguientes requisitos, que tendrán que mantener al menos durante el ejercicio 2025:

a) Estar inscritos al menos en uno de los siguientes registros de asociaciones:

— Registro municipal de asociaciones.

— Registro de asociaciones de la Comunidad de Madrid.

— Registro Nacional de Asociaciones.

b) Tener su sede o domicilio social, realizar sus actividades y tener la mayoría de sus asociados en el ámbito territorial nacional.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

d) No tener deudas de pago en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Móstoles, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas, requisito que se acreditará mediante informe del área competente a petición del Área de Medio Ambiente.

e) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

g) Haber justificado debidamente subvenciones o ayudas económicas concedidas y percibidas en años anteriores.

No tendrán la condición de beneficiarios las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de la presente convocatoria la regulación de la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por el Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Móstoles, para la realización de actividades de utilidad pública o de interés social con fines medioambientales y ecosociales.

Quedan exceptuadas aquellas asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que reciban ayudas o subvenciones con cargo al Programa de Participación Ciudadana y en virtud de acuerdos o convenios específicos con el Ayuntamiento de Móstoles dentro del mismo año de la presente convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras.—Bases específicas aprobadas por acuerdo 3/95, de la Junta de Gobierno Local, de 16 de febrero de 2021, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM) número 59, con fecha 11 de marzo de 2021.

Cuarto. Cuantía.—Las subvenciones que se concedan conforme a las bases generales y convocatoria anual 2025 estarán supeditadas a la existencia de crédito, según se especifica en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La cantidad para la convocatoria 2025 ascenderá a 60.000,00 euros, incluida en la partida presupuestaria 44-1722-489.05.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes se establece en veinte días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la convocatoria.

Sexto. Otros datos.—Las entidades solicitantes deberán presentar la documentación que se ajustará al modelo normalizado de los anexos de la convocatoria.

Móstoles, a 8 de mayo de 2025.—El concejal de Seguridad, Emergencias y Medio Ambiente, Gabriel Monteserín Prieto.

(03/7.478/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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