Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250521-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BATRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Batres. Régimen económico. Padrón fiscal

Aprobado el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles urbano, rústico y de características especiales del ejercicio 2025, queda expuesto al público en el Ayuntamiento, a efectos de su examen y reclamaciones durante el plazo de quince días siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La exposición pública producirá los efectos de notificación colectiva del padrón y datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos.

De acuerdo con los artículos 108 de la Ley de Bases de Régimen Local y el artículo 14.2 de la Ley de Haciendas Locales, contra el mismo podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.

El pago de los recibos se realizará en la entidad bancaria colaboradora Caixabank o Banco Santander, con carta de pago emitida por el propio Ayuntamiento, en los casos que no se haya solicitado la domiciliación, o bien, mediante cargo en la cuenta bancaria en los casos que se haya solicitado la domiciliación.

El período de cobro voluntario del citado impuesto es del 2 de junio al 4 de agosto de 2025, ambos incluidos. Transcurrido dicho plazo sin haber satisfecho la deuda, se devengará el recargo ejecutivo, y en su caso, el recargo de apremio, las costas y los intereses que se puedan producir hasta la amortización total de la deuda.

En Batres, a 7 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Carlos Alañón Olmedo.

(01/7.358/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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