Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250521-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

URBANISMO

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Aranjuez. Urbanismo. Expropiación

Mediante acuerdo 27/2025, de 27 de marzo de 2025, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, con fecha 10 de abril de 2025, la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid ha resuelto aprobar definitivamente el proyecto de expropiación de bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras de conexión peatonal entre el palacio real y la estación de ferrocarril, en el término municipal de Aranjuez.

Considerando que, según el artículo 203.2 del Reglamento de Gestión Urbanística, el pago o depósito del importe de la valoración establecida por el citado órgano autonómico produce los efectos previstos en los números 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, sin perjuicio de que puedan seguir tramitándose los recursos procedentes respecto a la fijación del justiprecio.

En consecuencia, procede dar cumplimiento a los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes del Reglamento de Expropiación Forzosa, procediendo a levantar las correspondientes actas previas.

A tenor de ello, este Ayuntamiento, por decreto de Alcaldía 2025/1582, de 23 de abril de 2025, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas y atendiendo a los señalado en la regla 2.a del artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados que figuran en la relación adjunta, para que comparezcan en el Ayuntamiento de Aranjuez, sito en plaza de la Constitución, sin número, en las fechas y horas señaladas, a fin de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, en su caso, de ocupación definitiva correspondientes.

A dicho acto deberán asistir los interesados por sí, o representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, provistos del documento nacional de identidad, títulos de propiedad o de los derechos que ostentan, pudiéndose acompañar de peritos y notario, a su costa, si lo consideran oportuno.

La presente resolución se notificará a los interesados mediante citación individual, y será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de edictos del Ayuntamiento y sede electrónica municipal, en dos diarios de Madrid capital, así como en el tablón edictal del “Boletín Oficial del Estado”, sirviendo esta última de notificación para los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada esta, no se hubiese podido practicar, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los propietarios y demás titulares podrán formular por escrito ante este Ayuntamiento y hasta el momento del levantamiento de las actas previas, cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar errores materiales padecidos al relacionar los bienes y/o derechos afectados.

Aranjuez, a 23 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Miguel Gómez Herrero.

(02/6.556/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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