Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250513-5

Páginas: 45


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

5
RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se modifica la Resolución de 3 de diciembre de 2024, del mismo centro directivo, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se procede a la adjudicación de destinos correspondiente a las citadas pruebas.

Mediante Orden 502/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275, de 18 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C) de la Comunidad de Madrid, modificada mediante la Orden 745/2021, de 16 de diciembre, de la citada Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 22, de 27 de enero de 2022), y cuyas plazas fueron objeto de ampliación mediante la Orden 943/2022, de 10 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 123, de 25 de mayo), así como mediante la Orden 1799/2022, de 2 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 226, de 22 de septiembre), ambas de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Por Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 296, de 12 de diciembre) y corrección de errores de 19 de diciembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 8 de enero de 2025), fueron resueltas las mencionadas pruebas selectivas, incorporándose, como Anexo a aquellas, la relación de personas seleccionadas, quienes debían proceder, en el plazo y forma estipulados, a la elección de destinos y a la acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la señalada orden de convocatoria y demás normativa de aplicación al proceso selectivo.

Con posterioridad a la publicación de la citada resolución y su corrección de errores, el Tribunal Calificador, como consecuencia de la modificación del listado con la puntuación de la fase de concurso, realizada a efecto de dar cumplimiento a la sentencia n.o 71/2025, dictada por el Juzgado de lo Social n.o 33 de Madrid, en procedimiento ordinario 967/2024, y a la sentencia n.o 23/2025, dictada por el Juzgado de lo Social n.o 50, en procedimiento ordinario n.o 541/2024, seguidos en dichos juzgados, ha modificado la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, publicada mediante comunicación de dicho tribunal el 21/04/2025, que puede consultarse en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, y en la página web del proceso selectivo a través de los siguientes enlaces respectivamente:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-sel-tecnico-especial...

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-especialista-iii-a...

Dicha modificación afecta únicamente a la calificación, rectificada en sede judicial, de dos de las aspirantes que han superado el proceso selectivo, y a su vez al nº de orden obtenido en dicho listado por las personas aspirantes que ocupan los puestos 206 a 240, ambos inclusive, quedando definitivamente como sigue, en el entendido de que el resto de las posiciones no sufre variación alguna, no afectando, en ningún caso, al destino a adjudicar a las mismas, una vez examinada la preferencia individual de cada una en las respectivas peticiones de puestos de trabajo por ellas realizadas.

Así pues, en virtud de cuanto antecede, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Proceder a la corrección, conforme a los extremos que se detallan a continuación, de la citada Resolución de 3 de diciembre de 2024, y de la corrección de errores de 19 de diciembre de 2024, por las que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C) de la Comunidad de Madrid:





Segundo

1. Adjudicar destinos, en los términos contemplados en la presente Resolución, a las personas que han superado el expresado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo de la misma, tras verificarse la observancia por aquéllas de las condiciones para concurrir a las ya reiteradas pruebas, y constatarse, además, que las modificaciones anteriormente mencionadas en el apartado primero no alteran el destino a asignar a las aspirantes afectadas, resultante de la prelación de puestos de trabajo formulada por cada una de ellas en su correspondiente solicitud de elección.

2. Por la unidad responsable de personal de la Consejería u Organismo Autónomo de destino, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas adjudicatarias, debiendo esa unidad dar cumplimiento, igualmente, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.

3. A los efectos descritos, y de acuerdo con lo determinado en el apartado segundo de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, las personas recogidas en el señalado Anexo habrán de personarse en la subdirección general o unidad de personal de la Consejería u Organismo Autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, en el plazo del día 1 al 8 de julio de 2025, ambos inclusive y de acuerdo con el calendario de comparecencias que será objeto de publicación en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-sel-tecnico-especial... , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-especialista-iii-a... , con objeto de proceder a la formalización del pertinente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o equivalente, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria.

4. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente Resolución se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-sel-tecnico-especial... , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-especialista-iii-a... .

Tercero

1. De conformidad con lo dispuesto en los apartados sexto y noveno de la base decimocuarta de la aludida Orden 913/2019, de 26 de marzo, en consonancia con lo previsto, igualmente, en la base décima de la indicada Orden 502/2021, de 13 de octubre, pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C), de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación solicitada en el plazo habilitado en la expresada Resolución de 3 de diciembre de 2024:

2. Quedando desierta la adjudicación de los puestos de trabajo que se especifican a continuación:



Cuarto

Contra la presente Resolución y las actuaciones que se deriven de la misma, podrán las personas interesadas interponer demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en virtud de lo estipulado en el artículo 10.4.a), en relación con el artículo 6.2.b), de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de dicho texto legal.

En Madrid, a 25 de abril de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.





























































































































































(03/6.877/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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