Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2025

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250505-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

47
Getafe. Régimen económico. Convocatoria premios

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El objeto de la presente convocatoria es conceder premios, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos educativos innovadores que se estén desarrollando durante el curso 2024-2025, en centros educativos públicos del municipio.

Podrán solicitar los premios:

— Los centros educativos públicos.

— Las Asociaciones de alumnos y alumnas de centros educativos públicos.

— Las A.M.P.A.s. de los centros educativos públicos.

— Otras asociaciones que trabajen desde la educación no formal e informal vinculadas a un centro educativo público, es decir, cuyo proyecto forme parte de la Planificación General Anual del centro.

Los proyectos serán originales y diseñados por la propia entidad, siendo incluidos en la Programación General Anual y aprobados por el Consejo Escolar del centro.

El presupuesto máximo destinado a la presente convocatoria es de 8.000,00 euros (ocho mil euros). Este presupuesto de gasto se propone con cargo a la aplicación presupuestaria número 2025/326.11.227.06 denominada “Estudios y trabajos técnicos. Servicios Complementarios Educación”.

Los premios se distribuirán de la siguiente manera:

El plazo de presentación es de 10 días hábiles desde el siguiente a la publicación del extracto de las presentes bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 10 de abril de 2025.—La alcaldesa, Sara Hernández Barroso.

(01/6.333/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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