Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250430-1

Páginas: 24


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
ORDEN 1071/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022, en el Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023, en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, y de acuerdo con lo recogido en el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), así como la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo), en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15 de julio) y en el resto de normas de aplicación en la materia.

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de diecinueve (19) plazas en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre.

2. De las plazas indicadas, 12 se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022, aprobada por el Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo), y las otras siete (7) plazas se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023, aprobada por Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo).

3. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reserva una (1) plaza del total de las convocadas por el turno libre. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las del turno libre, en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por dicho cupo.

Segunda

Principio de igualdad

1. El proceso selectivo convocado al amparo de la presente Orden cumplirá el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

2. Por parte del órgano de selección del presente proceso selectivo, se velará en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.

Tercera

Personas aspirantes

1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), el siguiente requisito:

— Tener nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 22 de octubre).

— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

2. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y acreditarlo en los términos señalados en la base decimocuarta.6, apartado d) de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 36 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo), y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

En el caso de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso, en condiciones de igualdad, a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo, con independencia del momento en el que éstas lo soliciten.

4. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

Cuarta

Solicitudes y plazo de presentación

1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo regulado en el artículo 6 del Decreto 127/2022, de 7 de diciembre.

Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es: https://sede.comunidad.madrid/buscador

Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante, lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.

Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través de la dirección electrónica “sede.comunidad.madrid”.

3. Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas de la documentación que corresponda de entre las que se indican a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en el apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en el apartado sexto de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la autorización correspondiente, que podrá descargar desde la página web de este proceso selectivo, publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, que podrá localizar a través de su buscador, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/buscador?t=&tipo=All&consejeria=All&estado . Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo, accesible desde el siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion...

4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDPGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven de estos procesos selectivos.

5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta

Tasa por derechos de examen

1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el campo Observaciones del pago de la tasa, “Acceso libre al Cuerpo de Inspectores de Hacienda A1”.

2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen correspondiente a la Titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I: derechos de examen procesos selectivos de los que se deriven formación de lista espera o bolsa de trabajo y que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el presente proceso selectivo, en los términos recogidos en la base cuarta de esta convocatoria.

Sexta

Admisión de aspirantes

En cuanto a la admisión de aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Séptima

Órgano de Selección

1. El órgano de selección de estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo).

2. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, este órgano de selección quedará incluido en la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y siéndole de aplicación el importe de las cuantías establecidas en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 77, de 31 de marzo).

3. El régimen jurídico aplicable al órgano se selección será el que se establece para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24 del Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028), aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 11 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno.

4. En cuanto a la regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del órgano de selección, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas en relación con las reuniones de tribunales y órganos encargados de la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid, y se establecen criterios sobre devengo y percepción de asistencias por la concurrencia a dichas reuniones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), en la Orden de 1 de julio de 2022, y en el resto de normativa de aplicación en la materia.

5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del Presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los que se realizarán los diferentes ejercicios del presente proceso selectivo, se publicarán las relaciones de aprobados de los mismos, y la elevación a la Dirección General competente en materia de Función Pública de la propuesta provisional de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.

6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.

7. Por parte del órgano de selección del presente proceso selectivo, se velará en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.

8. La Dirección General de Función Pública podrá encomendar la realización del proceso selectivo a la Comisión Permanente de Selección. El funcionamiento del citado órgano se regirá en todo caso por lo dispuesto en la Orden 481/2025, de 17 de febrero.

Octava

Sistema de selección

1. El sistema selectivo será el de oposición. Una vez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo.

2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.

Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se encuentra ya recogida en estas bases, el órgano de selección publicará los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de ellos a los que se ajustará el juicio técnico de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.

3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, de los cuales el primero, segundo, tercero primera parte, cuarto y quinto, tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, y el tercero segunda parte, el ejercicio del idioma, será voluntario y de mérito.

3.1. Primer Ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de quince (15) preguntas, sobre los temas incluidos en los Anexos I.1 (“Derecho Civil” y “Derecho Mercantil”) y I.2 (“Economía General” y “Economía de la Empresa”). Las preguntas a contestar por las personas aspirantes se estructurarán en los siguientes bloques:

a) Un primer bloque de diez (10) preguntas comunes y obligatorias para todas las personas aspirantes, de las que cinco (5) versarán sobre los temas del Anexo I.1 (“Derecho Civil” y “Derecho Mercantil”) y otras cinco (5) sobre los temas del Anexo I.2 (“Economía General” y “Economía de la Empresa”).

b) Un segundo bloque de cinco (5) preguntas a elegir por cada aspirante de entre dos (2) propuestos por el órgano de selección, correspondientes uno a los temas del Anexo I.1 y otro a los temas del Anexo I.2.

Los aspirantes deberán optar obligatoriamente por uno de los dos bloques de preguntas propuestos por el órgano de selección.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro (4) horas.

3.2. Segundo Ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico de Contabilidad y Matemáticas Financieras, según el temario que se detalla en el Anexo II. Para la realización de esta parte, las personas aspirantes contarán con un tiempo máximo de cuatro (4) horas.

El órgano de selección determinará, en su caso, los textos legales que pueden utilizar los opositores en la realización de la segunda parte de este ejercicio.

3.3. Tercer Ejercicio: constará de dos partes, siendo la primera de ellas eliminatoria y la segunda, voluntaria y de mérito:

3.3.1. La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico profesional que implicará la formulación de observaciones, opinión o dictamen sobre los aspectos jurídico-tributarios del caso planteado por el órgano de selección, incluyendo la realización de liquidaciones tributarias correspondientes a tributos propios o cedidos cuya gestión corresponda a la Comunidad de Madrid. Para la realización de esta parte, los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cuatro (4) horas.

El órgano de selección determinará, en su caso, los textos legales que pueden utilizar los opositores en la realización de la primera parte de este ejercicio.

3.3.2. La segunda parte consistirá en la realización sin diccionario de una traducción directa, por escrito, en castellano, de un documento redactado en inglés, francés o alemán, a elección del opositor.

Los aspirantes podrán optar, en el momento de cumplimentar su solicitud, hasta por dos de los idiomas señalados disponiendo, para la práctica del ejercicio, de sesenta (60) minutos por cada uno de los idiomas elegidos.

La traducción o traducciones realizadas deberán ser leídas por el aspirante en sesión pública ante el órgano de selección, que podrá a continuación dialogar con él en la lengua o lenguas elegidas.

Para la corrección de este ejercicio, el órgano de selección podrá ser asistido por los asesores especialistas que designe.

La convocatoria de los aspirantes para la realización de este ejercicio será única, pero cada una de las partes del tercer ejercicio se podrá realizar en días diferentes.

3.4. Cuarto ejercicio: consistirá en la exposición oral, en sesión pública y durante un tiempo máximo de una (1) hora, de cuatro (4) temas extraídos al azar del programa que se detalla en el Anexo III conforme a la siguiente distribución:

— Dos (2) temas del programa incluido en el Anexo III.1 (“Derecho Constitucional y Administrativo”).

— Un (1) tema del programa incluido en el Anexo III.2 (“Hacienda Pública”).

— Un (1) tema del programa incluido en el Anexo III.3 (“Sistema Financiero Español”).

El tiempo de exposición deberá distribuirse por el aspirante de forma equilibrada entre los temas de cada ejercicio.

Con carácter previo a la exposición y después de la extracción de los temas, se concederá un tiempo máximo de quince (15) minutos para que el aspirante elabore, en presencia del órgano de selección, un guion que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición.

Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez (10) minutos de su exposición, el órgano de selección podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

El órgano de selección valorará el volumen de conocimientos del opositor, la claridad de su exposición y la capacidad de expresión oral.

3.5. Quinto ejercicio: consistirá en la exposición oral, en sesión pública y durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco (45) minutos, de tres (3) temas extraídos al azar del programa que se detalla en el Anexo IV “Derecho Financiero y Tributario Español”. De los tres temas, uno será necesariamente de la parte general y procedimientos tributarios (temas 1 a 25) y otro necesariamente de la parte especial (temas 26 a 67, pudiendo el tercer tema corresponder a cualquiera de ambas partes.

— El tiempo de exposición deberá distribuirse por el aspirante de forma equilibrada entre los temas de cada ejercicio.

— Con carácter previo a la exposición y después de la extracción de los temas, se concederá un tiempo máximo de quince (15) minutos para que el aspirante elabore, en presencia del órgano de selección, un guion que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición.

— Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez minutos de su exposición, el órgano de selección podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

— El órgano de selección valorará el volumen de conocimientos del opositor, la claridad de su exposición y la capacidad de expresión oral.

4. De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 h) del Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028), aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 11 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, el órgano de selección corregirá directamente los ejercicios escritos, valorando la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en los supuestos prácticos a realizar, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de esos supuestos.

Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del órgano de selección, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

5. A efectos de agilización del proceso selectivo, y en aplicación de lo recogido en la instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en una misma sesión dos o más ejercicios de los que conforman el proceso selectivo, cuando por su naturaleza y duración ellos resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.

En todo caso, podrán acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco (5) horas en la misma sesión diaria para las mismas personas aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.

6. Las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, podrán solicitar formalmente al órgano de selección que valore la posibilidad de invertir el orden de realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario previsto.

7. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de cada uno de los ejercicios de este proceso selectivo, publicará en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , o en el enlace de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible a través de: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos que, en su caso, no se encuentren expresamente establecidos en la presente orden.

8. El orden de actuación de las personas participantes en este proceso selectivo se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).

9. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del órgano de selección, en la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , o en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-...

10. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.

Novena

Calificación de los ejercicios de la fase de oposición

1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

2.1. Primer ejercicio: se calificará como “apto”, o “no apto”, siendo necesario para superarlo obtener la calificación de “apto”.

2.2. Segundo ejercicio: se calificará como “apto”, o “no apto”, siendo necesario para superarlo obtener la calificación de “apto”.

2.3. Tercer ejercicio:

— La primera parte se calificará de cero a veinticinco puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de doce puntos y medio.

— La segunda parte se calificará de 0 a 5 puntos por cada idioma elegido.

2.4. Cuarto ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.

2.5. Quinto ejercicio: se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de quince puntos.

3. Calificación final: a efectos de la calificación final de la fase de oposición del proceso selectivo, el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, ordenándose a las personas aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final, e intercalando en el listado correspondiente, en su caso, a los aspirantes del cupo de discapacidad en el lugar que, por puntuación, proceda.

En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad ocuparán el primer lugar de entre aquellos aspirantes que tengan igual puntuación.

De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor puntuación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.

— De continuar el empate, el mismo se deshará aplicando el criterio de orden alfabético del primer apellido, iniciándose dicho orden por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base 14.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicado a las personas aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el órgano de selección deberá incluir automáticamente a dicha persona aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de igualdad con el resto de las personas que concurren por el mismo.

El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Décima

Curso selectivo

1. Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual se les retribuirá conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 16 de febrero).

2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Función Pública, y tendrá como finalidad la adquisición de las habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar la preparación específica de las personas aspirantes y la acreditación de las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo al que se pretende acceder.

Su programa, regulación y duración concreta se establecerán por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tomando en consideración la propuesta que, a tal efecto, y en coordinación con dicho centro directivo, formule la Dirección General de Tributos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

3. Para superar el curso selectivo, las personas que participen en él deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo componen, así como las diferentes actividades prácticas. En caso contrario, se considerará que la persona aspirante no ha superado el curso y perderá el derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera, mediante resolución motivada de la Dirección General de Función Pública.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debidamente valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por lo tanto, se perderá el derecho al nombramiento como personal funcionario de carrera.

4. El curso se calificará de 0 a 100 puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10. Las personas aspirantes que no superen inicialmente el curso selectivo realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se calificará en más de cinco puntos.

5. Las personas que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez finalizado el curso selectivo, el órgano de selección hará pública, en los términos establecidos en esta base décima, la relación de aspirantes que lo hubiesen superado, con indicación de la calificación obtenida, que se hará pública en la página web de la sede electrónica y en la del proceso selectivo, a las que se podrá acceder desde los siguientes sitios:

— Buscador de trámites y servicios de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

— Oposiciones de administración y servicios de la Comunidad de Madrid.

Undécima

Calificación final del proceso selectivo

1. A efectos de la calificación final del proceso, el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición y en el curso selectivo, ordenándose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final e intercalando en el listado correspondiente, en su caso, a los aspirantes del cupo de discapacidad en el lugar que, por puntuación proceda.

2. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad ocuparán el primer lugar de entre aquellos aspirantes que tengan igual puntuación.

De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor puntuación obtenida en el curso selectivo

— Mayor puntuación obtenida en quinto, cuarto y tercer ejercicio primera parte, por este orden.

— De continuar el empate, el mismo se deshará aplicando el criterio de orden alfabético del primer apellido, iniciándose dicho orden por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base decimocuarta.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicado a las personas aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el órgano de selección deberá incluir automáticamente a dicha persona aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de igualdad con el resto de las personas que concurren por el mismo.

3. El órgano de selección no podrá declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Duodécima

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

1. El órgano de selección hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa aplicable.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el curso selectivo.

— Calificación final del proceso selectivo.

2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

4. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, el órgano de selección la hará pública en los términos dispuestos en la base octava.8 de esta orden y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando el número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

5. La Dirección General de Función Pública dictará resolución declarando, a propuesta del órgano de selección, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos dispuestos en la citada resolución, la correspondiente documentación, de conformidad a lo establecido en el artículo 24.2.k) del Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028), aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 11 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno.

Decimotercera

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

1. Concluido el proceso selectivo, quienes los hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo dispuesto en la base decimosexta de la mencionada Orden.

2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso el cómputo del plazo de toma de posesión cuando finalice la situación de incapacidad temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.

Decimocuarta

Lista de espera para personal funcionario interino

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellas personas aspirantes que hayan obtenido como mínimo el 80 por 100 de la calificación que establezca el órgano de selección para superar el primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta la calificación mínima de 5 puntos en dicho ejercicio necesaria para la inclusión en la lista.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad ocuparán el primer lugar de entre aquellos aspirantes que tengan igual puntuación.

De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá conforme a los siguientes criterios.

— Mayor calificación en cada uno de los ejercicios superados según el orden de prelación de los mismos establecido en base undécima.2 de esta convocatoria (quinto, cuarto y tercer ejercicio primera parte, por este orden).

— De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético a partir de la letra prevista en la base octava.8 de esta convocatoria.

Decimoquinta

Acumulación plazas desiertas

Las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta de empleo público a la que correspondan.

La nueva convocatoria deberá identificar el número de plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta de empleo público a la que pertenecen.

Decimosexta

Recursos

1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a 24 de abril de 2025.—La Directora General de Función Pública, por delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo

ANEXO

PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE INSPECTORES DE HACIENDA, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Anexo I.1

Derecho civil

1. Las fuentes del derecho en el sistema jurídico positivo español. Código Civil y legislación complementaria. La aplicación de las normas jurídicas. Eficacia general. Límites en el tiempo y en el espacio. Eficacia constitutiva del derecho.

2. La persona. Concepto y clases. La persona física. La persona jurídica: La fundación y la asociación. Capacidad. Representación.

3. Nacionalidad. Domicilio. Estado civil. El Registro Civil. Los regímenes económicos del matrimonio. Las capitulaciones matrimoniales. La sociedad de gananciales. El régimen de participación. El régimen de separación de bienes.

4. El objeto del derecho. Hecho, acto y negocio jurídico. Elementos esenciales. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. La prescripción y la caducidad.

5. Los derechos reales. Concepto, clases y caracteres. Los derechos reales de garantía. Hipoteca. Hipoteca mobiliaria. Prenda. Prenda sin desplazamiento. Anticresis.

6. El derecho de propiedad. Contenido. Protección. Adquisición y pérdida del dominio. Especial referencia a la donación.

7. La comunidad de bienes. La posesión. Usufructo, uso y habitación. Las servidumbres.

8. El registro de la propiedad: Títulos inscribibles y asientos registrales. Principios hipotecarios. La anotación preventiva de embargo.

9. La obligación (I). Concepto y clasificación. Obligaciones extracontractuales. Enriquecimiento sin causa. Cumplimiento normal de las obligaciones: El pago.

10. La obligación (II). Otros modos de extinción de las obligaciones. Cumplimiento anormal de las obligaciones: Causas y consecuencias. Protección del crédito y prueba de las obligaciones. Concurrencia y prelación de créditos.

11. El contrato. Elementos y requisitos. Clasificaciones. Generación, perfección y consumación del contrato. Ineficacia de los contratos. Interpretación de los contratos.

12. El contrato de compraventa. Elementos. Obligaciones del vendedor y del comprador. Derechos de tanteo y retracto. Cesión de derechos y acciones. La permuta.

13. El arrendamiento en general. Arrendamiento de servicios. Arrendamiento de obras. Arrendamiento de cosas. Arrendamiento de fincas rústicas y urbanas.

14. El mandato. El préstamo. El precario. El depósito. La sociedad. La fianza. La transacción. El compromiso. El arbitraje. La adhesión.

15. El Derecho de Sucesiones (I). Conceptos generales. Capacidad para suceder. Aceptación y repudiación de la herencia. Comunidad hereditaria.

16. El Derecho de Sucesiones (II). Las reservas hereditarias. Derecho a acrecer. Colación y partición de la herencia.

17. El Derecho de Sucesiones (III). La sucesión testamentaria. El testamento: Clases. Capacidad para testar. Los testigos. Disposiciones testamentarias. El heredero. Sustituciones: Vulgar y fideicomisaria. Los legados. El albacea.

18. El Derecho de Sucesiones (IV). La sucesión forzosa: La legítima y la mejora. La desheredación. La preterición.

19. El Derecho de Sucesiones (V). La sucesión intestada. La representación hereditaria. La sucesión contractual.

Derecho mercantil

20. Contenido del Derecho Mercantil. El acto de comercio. Actos de comercio por analogía. Actos mixtos. La empresa mercantil. Fuentes del Derecho Mercantil.

21. Concepto doctrinal y legal del comerciante. Comerciante individual. Incapacidades y prohibiciones. El comerciante extranjero. Habitualidad y profesionalidad. La publicidad en el Derecho Mercantil. El Registro Mercantil.

22. Doctrina general de las cosas mercantiles. La propiedad industrial. Patentes y marcas. La Oficina Española de Patentes y Marcas. Régimen jurídico internacional de protección. Derecho de la competencia. Competencia ilícita y competencia desleal; régimen de la publicidad y consumo. Defensa de la competencia. Unión temporal de empresas.

23. La contabilidad de los empresarios. Libros. Requisitos. Valor probatorio y reconocimiento de los libros. Cuentas anuales.

24. La sociedad mercantil. Concepto, naturaleza y clases. El objeto social. La sociedad irregular. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple. La sociedad comanditaria por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada.

25. La sociedad anónima. Formas de constitución. La escritura social y los estatutos. Aportaciones. Patrimonio y capital social. Las reservas. Acciones: Clases. Acciones sin voto. Aumento y reducción del capital social. La emisión de obligaciones. Sindicato de obligacionistas.

26. Órganos de la sociedad anónima. Junta general. Administradores. El Consejo de Administración. Régimen jurídico de la transformación, fusión y escisión de sociedades mercantiles. Disolución de sociedades mercantiles. Liquidación de sociedades mercantiles: Operaciones que comprende.

27. Títulos de crédito: Concepto y caracteres. Clases. Títulos nominativos. Títulos a la orden. La letra de cambio. Emisión y forma de la letra. El endoso. La aceptación. El aval. Vencimiento y pago. El protesto. Las acciones cambiarias. El pagaré. El cheque.

28. Obligaciones y contratos mercantiles. La comisión mercantil. La representación en el Derecho Mercantil. Contrato de compraventa mercantil. Compraventas especiales. El “leasing”.

29. Los contratos bancarios en general. Examen de la cuenta corriente, apertura de crédito, préstamos y descuento bancario.

Depósitos en bancos. La pignoración de valores. Créditos documentarios. El contrato de seguro: Concepto, naturaleza y regulación.

30. El contrato de asistencia técnica. El “factoring”. Contrato de agencia: La exclusividad. La franquicia. El contrato de cuenta corriente mercantil. El contrato de cuentas en participación. Préstamo y depósito mercantiles. Compañías de almacenes generales de depósito: Los “warrants”.

31. El concurso: Presupuestos. El auto de declaración del concurso. Efectos sobre los acreedores, créditos y contratos. La masa del concurso. El convenio: Contenido y efectos. Las causas de conclusión del concurso. La calificación del concurso.

Anexo I.2

Economía general

32. La escasez de bienes y la elección. Concepto de economía. La economía como ciencia social. Economía positiva y normativa. La actividad económica. Teoría y política económica. Los sistemas económicos. Los modelos económicos: El flujo circular de la renta. Micro y macroeconomía.

33. El mercado. La demanda y la oferta. Las curvas de demanda y de oferta y sus desplazamientos. Equilibrio y desequilibrio del mercado. Tipos de mercado.

34. La utilidad. La restricción presupuestaria. La curva de demanda y el presupuesto. Las elasticidades de la demanda y de la oferta.

35. La producción y el máximo beneficio empresarial. La productividad y los costes a corto plazo. La producción y los costes a largo plazo. El equilibrio competitivo.

36. La competencia imperfecta: Competencia monopolística, oligopolio y monopolio. Los poderes públicos y la competencia.

37. Objetivos e indicadores macroeconómicos: Producto nacional, consumo e inversión y gasto nacional. Producto nacional bruto y producto nacional neto. Renta nacional y renta disponible. Las magnitudes agregadas y el flujo circular de la renta.

38. La renta de equilibrio en una economía cerrada y sin sector público: El multiplicador. La renta de equilibrio en una economía cerrada con sector público. La renta de equilibrio en una economía abierta y con sector público.

39. El dinero. Los diferentes agregados monetarios. La demanda de dinero. La base monetaria y la creación de dinero. El sistema financiero.

40. El equilibrio en el mercado real y en el mercado monetario. El modelo IS-LM. Las políticas fiscal y monetaria.

41. El modelo de la oferta y la demanda agregada. La demanda agregada, el tipo de interés y el nivel de precios. La oferta agregada en los modelos clásico y keynesiano.

42. La inflación y el desempleo: Causas y efectos. Los distintos enfoques de la política económica. Los ciclos económicos.

43. El comercio internacional: La ley de la ventaja comparativa y el modelo Heckscher-Ohlin. Restricciones al mercado internacional. Libre comercio frente a proteccionismo. La integración económica.

44. La balanza de pagos: Concepto y componentes, funcionamiento y saldos. Los tipos de cambio y los mercados de divisas. Instituciones Financieras Internacionales.

45. Crecimiento y desarrollo. Teorías explicativas del crecimiento económico. Beneficios y costes del crecimiento. Desarrollo y subdesarrollo.

46. La situación del sector primario en España: Política económica sobre el sector. El sector industrial, energético y de la construcción en España: Política sobre el sector. El sector servicios en España (excluido sector financiero): Política sobre el sector.

47. Política de protección social en España. Pensiones. Protección al desempleo. Política sanitaria. Política de educación y formación continua. Política de obras públicas. Política de transportes. Política de vivienda. Economía de la empresa y organización estructural.

Economía de la empresa

48. Las organizaciones. Definición, tipos y teorías de la organización. Principales modelos de organización.

49. La organización estructural. Las relaciones y comunicaciones en la organización. La autoridad: Centralización o descentralización de la autoridad. La responsabilidad. Los trabajos en grupo: Ventajas e inconvenientes. Política de Recursos Humanos.

50. La empresa como organización. Marco institucional. Concepto, realidad, economía y entorno. Clases de empresas y criterios de clasificación. La empresa y el mercado.

51. La empresa pública. Objetivos de la empresa pública. El sistema de control de la empresa pública. La financiación de la empresa pública.

52. Los objetivos de la empresa. Sistemas de dirección y gestión. Métodos matemáticos de gestión empresarial. Métodos PERT y CPM. La gestión de stocks. La planificación en la empresa y el establecimiento de objetivos.

53. Sistemas de control de la empresa. Concepto. Elementos. Principales sistemas de control. El proceso de control. El control en directo. Eficacia y eficiencia como medidas del control.

54. Las decisiones en la empresa y los sistemas de toma de decisión: Concepto y clases. El proceso de toma de decisiones. Las relaciones en la empresa. Los sistemas de información. El flujo de información y la comunicación. Manejo de la información.

55. La estructura económico-financiera de la empresa. Las fuentes de financiación de la empresa. El equilibrio financiero. Equilibrio entre inversiones y financiaciones.

56. La inversión en la empresa: Concepto y clases. Valoración y selección de proyectos de inversión. La inversión en bienes de equipo. Decisiones de renovación de equipos. La inversión en activo circulante. El efectivo.

57. La financiación de la estructura fija de la empresa: La autofinanciación. Los fondos de amortización. El crédito a largo, medio y corto plazo. El endeudamiento.

58. La financiación externa de la empresa: Su coste. La financiación de la empresa en los mercados financieros internacionales. La estructura financiera óptima de la empresa. El beneficio de la empresa. La relatividad del beneficio.

59. El proceso productivo. Principios y modelos de producción. El coste del producto. Mínimo de explotación y óptimo de explotación. El control de costes. El coste de los subproductos.

60. Política de producto. Evaluación de la demanda y estudios de mercado. La comercialización del producto. Política de precios. Variaciones de precios y sus efectos. La distribución del producto. Canales de distribución.

ANEXO II

Contabilidad

1. Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación, transformación, fusión, absorción, escisión y disolución de empresas individuales y sociedades. El concurso.

2. Operaciones del ejercicio, regularización y formulación de estados contables en empresas comerciales, sin o con sucursales, ventas al contado, a crédito, a plazos, detalles, comercio en comisión y en participación entre nacionales y con el extranjero.

Matemáticas financieras

3. Capitalización simple y compuesta. Rentas, préstamos y empréstitos. Operaciones con valores.

ANEXO III

Anexo III.1

Derecho constitucional y administrativo

1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas. La reforma constitucional.

2. Políticas Sociales Públicas: Política de igualdad de género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Política contra la Violencia de Género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Política en materia de igualdad y derechos de las personas con discapacidad: Especial referencia a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

3. La Hacienda Pública en la Constitución española. Los principios constitucionales del derecho financiero. Los derechos fundamentales de los contribuyentes. La financiación de las Haciendas territoriales.

4. Las Cortes Generales: Composición y funciones. Órganos parlamentarios. El procedimiento legislativo ordinario. La Corona. El Rey. El Defensor del Pueblo.

5. El Gobierno: Composición y funciones. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Tribunal de Cuentas.

6. El Poder Judicial: Funciones. El gobierno del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal. El Tribunal Constitucional: Organización y funciones. Recursos y procesos ante el Tribunal Constitucional.

7. La organización territorial del Estado: Comunidades y Ciudades Autónomas. Las Entidades Locales. Los ordenamientos de las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

8. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas.

9. La libre circulación de mercancías, personas y capitales. Política agrícola y pesquera común. Política exterior y de seguridad común. La unión política y la unión económica y monetaria. El euro.

10. El derecho comunitario. Las fuentes del ordenamiento comunitario y su aplicación. La relación entre el ordenamiento comunitario y el de los Estados miembros.

11. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La ley. Los decretos-leyes. La delegación legislativa. Los tratados internacionales.

12. La potestad reglamentaria: Titularidad, límites y control. El reglamento: Clases. Eficacia de los reglamentos. La inderogabilidad singular.

13. La organización administrativa. Órganos unipersonales y colegiados. La competencia y la jerarquía. Centralización, descentralización y desconcentración.

14. La Administración institucional. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Las sociedades mercantiles estatales. Los demás entes públicos.

15. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La autotutela de la Administración. La responsabilidad de la Administración y sus agentes. Requisitos. Plazos de reclamación y procedimiento. El gobierno abierto, especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno.

16. El acto administrativo (I). Concepto, elementos y clases. Forma. La notificación y publicación de los actos administrativos. El silencio administrativo.

17. El acto administrativo (II). Eficacia y ejecutoriedad de los actos administrativos. La suspensión de efectos del acto administrativo. La ejecución forzosa: Especial referencia a la vía de apremio. Validez e invalidez de los actos administrativos. Revocación y anulación de oficio de los actos administrativos.

18. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. Regulación. Las partes en el procedimiento administrativo: Derechos de los ciudadanos. Los interesados. Capacidad, legitimación y representación. Iniciación. Instrucción: Especial referencia al trámite de audiencia. La terminación del procedimiento: Formas.

19. Los contratos administrativos (I). La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Ámbito subjetivo y objetivo de aplicación. Órganos de contratación. El contratista: aptitud para contratar. Clasificaciones de los contratos.

20. Los contratos administrativos (II). El objeto del contrato, el precio y su revisión. Plazo de duración. Las garantías en el contrato administrativo. La preparación de los contratos. Procedimientos de selección del adjudicatario.

21. Los contratos administrativos (III). Invalidez de los contratos y recurso especial en materia de contratación. La ejecución del contrato. Efectos, cumplimiento y pago. Causas de extinción. Cesión de los contratos y subcontratación. Racionalización técnica de la contratación.

22. El dominio público y el patrimonio de los entes públicos. La noción del servicio público. Los modos de gestión del servicio público.

23. La potestad sancionadora de la Administración. Fundamentos, contenido y límites. Las sanciones administrativas: Concepto y clases. El procedimiento sancionador.

24. La expropiación forzosa. Fundamento y límites. Los sujetos de la expropiación. Requisitos de la expropiación. El justiprecio. La reversión expropiatoria.

25. Los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos.

26. La jurisdicción contencioso-administrativa: Ámbito. Los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes del procedimiento. Objeto del recurso. El procedimiento contencioso-administrativo. La sentencia. Los recursos.

27. La Administración pública y la justicia. Conflictos jurisdiccionales, cuestiones de competencia y conflictos de atribuciones.

28. La organización administrativa estatal. Principios de organización. La organización administrativa central y periférica. La administración consultiva. La Administración electrónica: Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Instrumentos para el acceso electrónico a las Administraciones Públicas: sedes electrónicas, canales y punto de acceso, identificación y autenticación. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados

29. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial, penal y contable.

30. La Comunidad de Madrid (I). El Estatuto de Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Legislativas, de desarrollo y de ejecución. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades.

31. La Comunidad de Madrid (II). El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades. Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La Administración autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración institucional en la Comunidad de Madrid: Regulación y tipología.

32. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo de la igualdad de género, la protección integral contra la violencia de género y no discriminación de las personas LGTBI. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Anexo III.2

Hacienda pública

1. El sector público en una economía de mercado. Delimitación, criterios de medición, importancia y evolución. La Contabilidad Nacional y el Sector Público. La Hacienda Pública. Los contenidos actuales.

2. La intervención del Sector Público en la actividad económica. Los fallos del mercado. Los fines del Sector Público. Las operaciones del Sector Público.

3. La toma de decisiones en el Sector Público. Elección social y preferencias individuales. El funcionamiento democrático. Burocracia y grupos de interés.

4. El presupuesto. Concepto y estructura. El ciclo presupuestario. Las distintas técnicas presupuestarias: Del presupuesto administrativo a las modernas técnicas de presupuestación. El presupuesto y los sistemas de planificación y control.

5. La eficiencia en el Sector Público. Producción pública y producción privada. Selección y evaluación de proyectos. Costes, beneficios y reglas de decisión.

6. La gestión pública. La gestión pública como ciencia multidisciplinar. Los fallos del Sector Público. Limitaciones de la intervención pública en la corrección de los “fallos del mercado”. Empleo público: Aspectos descriptivos y mecanismos de incentivos.

7. Experiencias de reforma en la gestión pública en los países de la OCDE. Problemas de medición del “output” público. Los indicadores de actividad. Mecanismos cuasicompetitivos y de mercado: Los cuasimercados. Empresas públicas y eficiencia.

8. Relación entre equilibrio presupuestario y crecimiento y estabilidad económica. Disciplina fiscal en la Unión Europea. La reforma de la institución presupuestaria en España: Las leyes de estabilidad presupuestaria.

9. Gasto público: Teorías explicativas del crecimiento, equidad y eficiencia. Teorías explicativas del crecimiento del gasto público. Incidencia y efectos distributivos del gasto público. Eficacia y eficiencia del gasto público: Conceptos y técnicas de análisis.

10. Gasto público en el Estado del Bienestar (I). Gastos sociales. Bienes preferentes y equidad categórica. Gasto público en sanidad. Gasto público en educación. Gasto público en vivienda.

11. Gasto público en el Estado del Bienestar (II). Prestaciones económicas: Concepto, tipos y justificación. Sistema de pensiones: Diseño y efectos económicos. El seguro de desempleo. Los programas de lucha contra la pobreza.

12. Los ingresos públicos. Criterios de clasificación. Los precios y la empresa pública. Precios públicos y tasas. Las contribuciones especiales. El impuesto, concepto y distinciones. Distintos tipos de impuestos. Los elementos integrantes de los impuestos.

13. Los principios impositivos. Los principios del beneficio y de la capacidad de pago. La incidencia impositiva. Los sistemas fiscales. Las principales figuras impositivas. Los condicionantes de la estructura tributaria. Evolución y modelos internacionales.

14. Los costes de la imposición. Costes de eficiencia. Exceso de gravamen e imposición óptima. Costes recaudatorios. El fraude fiscal: Conceptos, efectos y condicionantes.

15. Imposición sobre la Renta de las Personas Físicas: Concepto y naturaleza. Evolución. Concepto fiscal de renta. La consideración de las distintas fuentes. Las rentas irregulares y las variaciones patrimoniales. Las rentas empresariales. Las exenciones y los gastos deducibles. La unidad contribuyente: Problemas de delimitación y alternativas en su tratamiento. Las tarifas y sus problemas. La autoliquidación. Efectos económicos y valoración actual.

16. Imposición sobre Sociedades: Concepto y características. Justificación. Base imponible: Problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen y beneficios fiscales. La incidencia del impuesto. La integración con la imposición sobre la Renta de las Personas Físicas.

17. La imposición general sobre las ventas. Concepto y clasificación. La imposición sobre el Valor Añadido: Tipología y problemas. Incidencia y valoración.

18. La imposición sobre consumos específicos. Razones justificativas. Evolución y figuras actuales. Incidencia y efectos económicos. Cuota fija versus imposición ad valorem. La imposición sobre el comercio exterior.

19. Tendencias de los modelos tributarios. Las críticas a los modelos vigentes. Las nuevas figuras impositivas: Los impuestos de ordenación, los impuestos ecológicos y la tasa sobre transacciones financieras. Las propuestas de reformas fiscales.

20. El déficit público y la Hacienda extraordinaria. Definiciones e instrumentos de financiación. La deuda pública: Concepto, clases y efectos económicos, la carga de la deuda. Las privatizaciones de activos públicos. La inflación como impuesto. Los efectos económicos del déficit: Expansión y efecto expulsión.

21. La Hacienda multinivel. Principios del federalismo fiscal. Distribución de competencias y modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales. La Hacienda internacional: La doble imposición internacional; la armonización fiscal.

22. Planificación fiscal individual y empresarial. Métodos para el análisis de la planificación fiscal: Concepto de coste de uso, tipos marginales efectivos y cálculo de tasas internas de retorno ajustadas por impuestos. Concepto de tipo impositivo anual equivalente. Aplicaciones a instrumentos de ahorro a corto y largo plazo.

Anexo III.3

Sistema financiero español

1. La estructura institucional del sistema financiero español. La autoridad monetaria. Intermediarios financieros. Mercados financieros.

2. Banco de España. Órganos rectores. Funciones. Supervisión prudencial de las Entidades de crédito. Ejecución de la política monetaria. El Sistema Europeo de Bancos Centrales y el Banco Central Europeo.

3. Entidades de Crédito (I). El ejercicio de la actividad de las Entidades de Crédito en el ámbito de la Unión Europea. El control de la solvencia y el sistema de reservas mínimas. Normas de solvencia y normas de control. Los Fondos de Garantía de depósitos.

4. Entidades de Crédito (II). Los bancos. Las cajas de ahorro. Órganos de gobierno. Competencias de las Comunidades Autónomas. Las Cooperativas de crédito.

5. La operativa bancaria: Préstamo bancario, apertura de cuenta de crédito y descuento bancario. El riesgo de firma: El aval y el crédito documentario. Certificados de depósito y pagarés bancarios. Cesiones temporales de activos. La compensación bancaria. El secreto bancario.

6. Otros intermediarios y auxiliares financieros. Los establecimientos financieros de crédito. Su operativa: El leasing y el factoring. Las sociedades de garantía recíproca. Las sociedades y fondos de capital-riesgo. Sociedades de tasación. Las agencias de calificación.

7. Instituciones de inversión colectiva. Las Sociedades y Fondos de Inversión Mobiliaria. Las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria.

8. La Ley del Mercado de Valores: Ámbito de aplicación. Concepto de valor negociable. Valores representados por medio de anotaciones en cuenta. Mercado primario. Emisión de valores. La Comisión Nacional del Mercado de Valores. Empresas de servicios de inversión. Las sociedades y agencias de valores. Las sociedades gestoras de cartera. El Fondo de Garantía de Inversiones.

9. Mercados monetarios. Los mercados interbancarios. Los mercados descentralizados de valores: El mercado de deuda pública anotada, el mercado AIAF de renta fija privada. Importancia económica. Instrumentos negociados. Organización. Operativa. El mercado hipotecario: Títulos hipotecarios.

10. Mercados de capitales. Renta variable y renta fija. El mercado primario. Las ofertas públicas de venta de acciones. El mercado secundario: La Bolsa de Valores. Sistemas de contratación. El segundo mercado. Los mercados derivados. Contratos de opciones y futuros negociados.

11. Normas de contratación en los mercados secundarios oficiales. Liquidación y compensación de operaciones. Ofertas públicas de adquisición de valores. Contratos sobre valores admitidos a negociación. La comisión. La compraventa bursátil. Tipos de operaciones bursátiles: Operaciones al contado y a plazo. Operaciones a crédito. Compra de valores especiales.

12. La titulización crediticia. Noción y agentes participantes. Los fondos de titulación hipotecaria. La sociedad gestora de fondos de titulación. Los bonos de titulación. La titulación de créditos no hipotecarios.

13. Los riesgos de la actividad financiera. Concepto y clases de riesgo. Medición y control. Riesgos de los instrumentos derivados y efectos sobre los mercados de contado. Los productos derivados no negociados en mercados organizados: Depósitos forward-forward, acuerdos sobre tipos de interés futuros (FRA) y permutas financieras (Swap). Warrants. Contratos cap, floor y collar. Los productos estructurados.

14. Los mercados financieros internacionales. Los mercados de divisas. El tipo de cambio. Teorías explicativas de la determinación del tipo de cambio. Tipos de operaciones en el mercado de divisas: transacciones al contado, a plazo, permutas. Mercados crediticios internacionales: Bonos y préstamos sindicados. Otras emisiones y colocaciones internacionales. Las inversiones extranjeras en España. Inversiones españolas en el exterior. Régimen común a ambos tipos de inversiones.

15. El sector asegurador. La empresa de seguros. Condiciones para el acceso y para el ejercicio de la actividad aseguradora. Las provisiones técnicas y el margen de solvencia. El Fondo de Garantía. El control administrativo de la actividad aseguradora. El Consorcio de Compensación de Seguros.

16 .Los elementos principales de la operación de seguros. El contrato de seguro: Disposiciones generales. El seguro contra daños. El seguro de personas. Los planes de pensiones: Modalidades, principios básicos y régimen financiero. Los fondos de pensiones: Régimen financiero, entidades gestoras y depositarias.

ANEXO IV

Derecho financiero y tributario español

Anexo IV.1

Parte general y procedimientos tributarios

1. El derecho financiero. Concepto, autonomía y contenido. La Hacienda Pública en la Constitución Española.

2. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid: Concepto, contenido y regulación. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. Estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario. Modificaciones presupuestarias.

3. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la Comunidad de Madrid. Gasto y pago. Procedimiento ordinario: Fases del gasto. Procedimientos especiales: Pagos a justificar, anticipos de caja fija, convalidación.

4. El control de la actividad económico-financiera pública. El control externo y el control interno. La Intervención General de la Comunidad de Madrid. Control de legalidad. Control de eficiencia: Control financiero, de eficacia y de auditoría. La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

5. El derecho tributario: Concepto y contenido. Las fuentes de derecho tributario. Administración Tributaria. Las obligaciones y deberes de la Administración Tributaria. Los principios del ordenamiento tributario español.

6. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y criterios de sujeción a las normas tributarias. Interpretación y calificación. La integración de las normas tributarias: Analogía, simulación y conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

7. Los tributos. Concepto, fines y clases de tributos. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias: La obligación tributaria principal, la obligación tributaria de realizar pagos a cuenta, las obligaciones entre particulares, las obligaciones tributarias accesorias y formales.

8. Los elementos de cuantificación de la obligación tributaria. La base imponible: Concepto y métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen. La cuota tributaria. La deuda tributaria: Concepto. Garantías de la deuda tributaria.

9. Los obligados tributarios: Clases. Derechos y garantías. Los sujetos pasivos. El contribuyente. Exenciones subjetivas. La capacidad de obrar en el orden tributario. Representación. Residencia y domicilio fiscal.

10. Los responsables tributarios. La responsabilidad tributaria. Responsables solidarios y subsidiarios. Los sucesores. Retenedores y obligados a ingresar a cuenta. Otros obligados tributarios.

11. La aplicación de los tributos. Los procedimientos administrativos en materia tributaria: Fases. Obligación de resolución y plazos de resolución. La prueba. Notificaciones. La denuncia pública. Las liquidaciones tributarias. La consulta tributaria. El número de identificación fiscal. La gestión censal. La colaboración social en la aplicación de los tributos.

12. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (I). Funciones de gestión tributaria. Declaraciones. Autoliquidaciones. Comunicaciones de datos. Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos. Procedimiento iniciado mediante declaración.

13. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (II). Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación limitada. Otros procedimientos de gestión tributaria.

14. La Recaudación (I). Características y régimen legal. Órganos de recaudación. Competencias y estructura organizativa. Facultades de la recaudación. El papel de las entidades financieras en la recaudación. Privilegios para el cobro de deudas tributarias. La Hacienda Pública y los procesos concursales.

15. La Recaudación (II). Extinción de las deudas. Pago. Prescripción. Insolvencias. Otras formas de extinción.

16. La Recaudación (III). Fórmulas especiales para arbitrar el pago. Aplazamientos y fraccionamientos. Garantías para el aplazamiento y el fraccionamiento. El procedimiento de compensación. La compensación de oficio de deudas de Entidades Públicas. El procedimiento de deducción.

17. La Recaudación (IV). La recaudación en período ejecutivo. El procedimiento de apremio: Concepto. Concurrencia de procedimientos. Suspensión. Embargo y enajenación de bienes y derechos. El procedimiento frente a responsables y sucesores. Las tercerías. Acciones civiles y penales. Gestión recaudatoria asociada a delitos contra la Hacienda Pública y de contrabando.

18. La Inspección de los tributos (I). Órganos centrales y periféricos. Funciones. Facultades. Deberes. Clases de actuaciones. Actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria. Actuaciones de valoración. Actuaciones de informe y asesoramiento. Actuaciones de comprobación e investigación. Otras actuaciones.

19. La Inspección de los tributos (II). Actuaciones y procedimiento de inspección: Iniciación y desarrollo. Objeto y alcance. Lugar y horario de las actuaciones inspectoras. Desarrollo del procedimiento: Plazo, medidas cautelares, alegaciones y trámite de audiencia. Disposiciones especiales: Aplicación del método de estimación directa y el informe preceptivo para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

20. La Inspección de los tributos (III). Documentación de las actuaciones inspectoras. La terminación del procedimiento: Tramitación de actas, órganos competentes para la práctica de liquidaciones y clases de liquidaciones derivadas de actas de inspección. Otras formas de terminación.

21. La potestad sancionadora en materia tributaria (I). Principios. Los sujetos responsables de las infracciones y sanciones tributarias. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones. Extinción de la responsabilidad.

22. La potestad sancionadora en materia tributaria (II). El procedimiento para la imposición de sanciones tributarias. Derechos y garantías en el procedimiento sancionador. Órganos competentes para la imposición de sanciones. Procedimiento separado. Iniciación, instrucción, audiencia a los interesados, tramitación abreviada, plazo para resolver.

23. Delitos contra la Hacienda Pública: descripción de los tipos penales de delitos contra la Hacienda Pública. La responsabilidad civil. Las liquidaciones vinculadas a delitos contra la Hacienda Pública y de contrabando. El procedimiento de recuperación de ayudas de Estado.

24. Revisión de actos en vía administrativa. Normas comunes. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas: Ámbito de aplicación, organización y competencias.

25. Las reclamaciones económico-administrativas: Los interesados en el procedimiento. La suspensión. El procedimiento general: Procedimiento en única o primera instancia, recursos en vía económico-administrativa, procedimiento abreviado ante órganos unipersonales.

Anexo IV.2

Parte especial

26. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al Impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la base imponible: métodos de estimación.

27. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II). Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen: Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Rendimientos de actividades económicas. Ganancias y pérdidas patrimoniales.

28. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (III). Clases de Renta. Integración y compensación de rentas. Base liquidable. Reducciones. Adecuación del Impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Reglas especiales de valoración. Cálculo del Impuesto estatal.

29. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IV). Gravamen autonómico. Cuota diferencial. Tributación familiar. Regímenes especiales. Gestión del impuesto, declaraciones, pagos a cuenta. Especial referencia a la normativa de la Comunidad de Madrid.

30. Impuesto sobre la renta de no residentes: Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Elementos personales. Sujeción al impuesto. Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

31. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho Imponible y bienes exentos. Sujeto pasivo. Base imponible y liquidable. Devengo. Determinación de la deuda tributaria. Relación con el Impuesto Temporal de Solidaridad de Las Grandes Fortunas. Gestión del Impuesto.

32. El Impuesto sobre Sociedades (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Contribuyentes. Exenciones plenas y parciales. La base imponible: Concepto y regímenes de determinación. Imputación temporal de ingresos y gastos.

33. El Impuesto sobre Sociedades (II). Limitación a la deducibilidad de gastos: amortizaciones, pérdidas por deterioro del valor de los elementos patrimoniales y provisiones y otros gastos. Gastos no deducibles. Limitación a la deducibilidad de gastos financieros. Reglas de valoración.

34. El Impuesto sobre Sociedades (III). Exención para eliminar la doble imposición. Reducciones en la Base Imponible: especial referencia a la reserva de capitalización y a la compensación de bases imponibles negativas. Período impositivo y devengo del impuesto. Tipos de gravamen.

35. El Impuesto sobre Sociedades (IV). Deducciones para evitar la doble imposición internacional. Bonificaciones. Deducciones para incentivar determinadas actividades. Pago fraccionado. Retenciones e ingresos a cuenta. El índice de entidades. Obligaciones contables y registrales. Declaraciones, liquidaciones y devoluciones.

36. El Impuesto sobre Sociedades (V). Regímenes especiales: Enumeración y características básicas

37. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Régimen de cesión del Impuesto a las Comunidades Autónomas. Relación con otros impuestos. El hecho imponible: Adquisiciones “mortis causa”, adquisiciones “inter vivos” y percepciones de seguros de vida. Presunciones de hechos imponibles. Supuestos de no sujeción.

38. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (II). Los sujetos pasivos y los responsables. La base imponible. Las reducciones por transmisión de empresa familiar y de vivienda habitual. Otras reducciones. Base liquidable. Cuota íntegra y cuota tributaria. Deuda tributaria. Especial referencia a la normativa de la Comunidad de Madrid.

39. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (III). Normas especiales de liquidación. Usufructo, uso y habitación. Sustituciones y fideicomisos. Reservas. Renuncia a la herencia. Partición y excesos de adjudicación. Acumulación de donaciones.

40. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (IV). La gestión del Impuesto. Declaración y autoliquidación. Comprobación de valores. Procedimientos especiales de gestión. Infracciones y sanciones.

41. El Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Delimitación del hecho imponible. Entregas de bienes y prestaciones de servicios. Operaciones no sujetas al impuesto. Especial referencia al deslinde del Impuesto sobre el Valor Añadido con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Adquisiciones intracomunitarias de bienes. Importaciones de bienes.

42. El Impuesto sobre el Valor Añadido (II). Exenciones. Especial referencia a las exenciones inmobiliarias. Lugar de realización del hecho imponible. Devengo del impuesto.

43. El Impuesto sobre el Valor Añadido (III). Base imponible. Sujeto pasivo. Tipos impositivos. Deducciones y devoluciones.

44. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IV). Regímenes especiales. Gestión del Impuesto y obligaciones del sujeto pasivo. Suspensión del ingreso. Infracciones y sanciones.

45. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Régimen de cesión del Impuesto a las Comunidades Autónomas. Estructura interna del Impuesto: Compatibilidad e incompatibilidad de las diversas modalidades. La modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria, reglas especiales.

46. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (II). La modalidad operaciones societarias: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria. Armonización comunitaria de esta modalidad. La modalidad Actos Jurídicos Documentados: Documentos notariales, mercantiles y administrativos: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria. Especial referencia a la normativa de la Comunidad de Madrid.

47. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (III). Disposiciones comunes a los tres gravámenes. Beneficios fiscales. Comprobación de valores. Devengo y prescripción. Obligaciones formales. Gestión y liquidación del impuesto.

48. Los impuestos especiales (I): Naturaleza. Los impuestos especiales de fabricación: Ámbito territorial de aplicación. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Devengo. Sujetos pasivos y responsables. Exenciones. Devoluciones. Bases y tipos impositivos. Repercusión. Régimen suspensivo. La figura del establecimiento en impuestos especiales.

Normas generales de gestión: Inscripción en el Registro Territorial, código de actividad y establecimiento, garantías. Control de actividades y locales: El régimen de intervención. Circulación: Modalidades de circulación, documentos de circulación, obligaciones de expedidores y receptores. Infracciones y sanciones.

49.Los impuestos especiales (II). Disposiciones comunes a los impuestos especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Definiciones. Exenciones. Devoluciones. Disposiciones particulares en relación con Canarias. Impuesto sobre la cerveza: Ámbito objetivo; base imponible; tipos impositivos. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas: Ámbito objetivo; devengo; base imponible; tipos impositivos. Impuesto sobre productos intermedios: Ámbito objetivo, supuestos de no sujeción; base imponible; tipo impositivo; infracciones y sanciones.

50. Los impuestos especiales (III). Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas: Ámbito objetivo; base imponible; tipo impositivo. Régimen de destilación artesanal. Régimen de cosechero. Exenciones. Devoluciones. Normas de fabricación de alcohol y bebidas alcohólicas. Infracciones y sanciones.

51. Los impuestos especiales (IV). Impuesto sobre hidrocarburos: Conceptos. Ámbito objetivo de aplicación. Supuestos de no sujeción. Base imponible. Exenciones y bonificaciones: Gasóleo bonificado. Devoluciones. Normas particulares de gestión. Prohibiciones y limitaciones de uso. Infracciones y sanciones.

52. Los impuestos especiales (V). Impuesto sobre las Labores del Tabaco. El Impuesto Especial sobre la Electricidad. Impuesto Especial sobre el Carbón. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Disposiciones particulares en relación con Canarias, Ceuta y Melilla.

53. Los impuestos medioambientales. La imposición medioambiental en España. El impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Los impuestos sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. El impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados. El impuesto sobre Depósito de Residuos. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

54. Otros impuestos. El impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. El impuesto sobre las Transacciones Financieras. El impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.

55. Sistema aduanero (I). Fuentes del derecho aduanero. Prevalencia del Derecho aduanero de la Unión sobre el derecho tributario nacional. Ámbito de aplicación del Código aduanero de la Unión. Las decisiones aduaneras. Procedimiento: fases, plazos y su forma de cómputo. La revisión de las decisiones aduaneras favorables para el interesado: suspensión, anulación, revocación y modificación. El Territorio aduanero de la Unión. Consideración de la tributación exterior en Canarias, Ceuta y Melilla. Recursos propios. La misión de las aduanas. Los derechos aduaneros de importación y exportación. Operadores económicos: Registro. Los operadores económicos autorizados.

56. Sistema aduanero (II) Valor en aduana de las mercancías. Valor de transacción. Elementos del valor de transacción. Elementos que no deben incluirse en el valor en aduana. Métodos secundarios de valoración en aduana.

57. Sistema aduanero (III). El arancel aduanero común y la clasificación arancelaria de las mercancías. Informaciones arancelarias vinculantes. Origen de las mercancías: Origen no preferencial. Origen Preferencial de las mercancías. Prueba de origen. Informaciones vinculantes en materia de origen.

58. Sistema aduanero (IV). Deuda aduanera de importación y de exportación. Nacimiento de la deuda aduanera. Los deudores. La Representación aduanera. Pluralidad de deudores. Lugar de nacimiento de la deuda aduanera. Reglas generales y especiales para el cálculo del importe de los derechos de importación o de exportación. Garantías de la deuda aduanera. Notificación y contracción. Pago: plazos, facilidades de pago e intereses de crédito y mora. Extinción de la deuda aduanera. Devolución y condonación.

59. Sistema aduanero (V). Introducción de las mercancías en el territorio aduanero de la Unión. Declaración sumaria de entrada. Presentación, descarga y examen de las mercancías. Depósito temporal de las mercancías: régimen jurídico, plazos y lugares. Estatuto de las mercancías. Inclusión de las mercancías en un régimen aduanero. La declaración aduanera: modalidades y simplificaciones. Presentación de una declaración en aduana previa a la presentación de la mercancía. Anulación y rectificación de declaraciones aduaneras. Despacho centralizado. Control de mercancías: gestión de riesgos y controles aduaneros. Comprobación de una declaración en aduana. Control posterior al levante. Liquidación de la deuda aduanera. Conservación de documentos y datos. La asistencia mutua aduanera.

60. Sistema Aduanero (VI). Formalidades previas a la salida de las mercancías del territorio aduanero de la Unión. Formalidades de salida de las mercancías. Exportación de mercancías de la Unión. Reexportación de mercancías no pertenecientes a la Unión. Declaración sumaria de salida: presentación, rectificación e invalidación. Notificación de reexportación: presentación, rectificación e invalidación.

61. Sistema Aduanero (VII). Despacho a libre práctica y exención de derechos de importación. Regímenes especiales: Disposiciones comunes. Tránsito: Tránsito externo e interno.

62. Sistema aduanero (VIII). Depósito: Disposiciones comunes. Régimen de depósito: Depósito aduanero y Zonas francas. Régimen de destinos especiales: Importación temporal y destino final. Régimen de Perfeccionamiento: Perfeccionamiento activo y Perfeccionamiento pasivo. Abandono y destrucción.

63. Las tasas: Concepto, ámbito de aplicación, hecho imponible, sujeto pasivo, responsables, devengo, gestión y liquidación. Principales tasas establecidas. Los precios públicos. Los aranceles de los funcionarios públicos. Referencia especial a la legislación sobre tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid.

64. La Tasa Fiscal sobre el Juego. Naturaleza de esta figura tributaria. Elementos del tributo: Hecho imponible, sujetos pasivos, base imponible y tipos tributarios. Devengo del tributo. Tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias: Elementos del tributo.

65. La financiación de las Comunidades Autónomas (I): Principios y recursos financieros. Mención especial del régimen de tributos cedidos y de la corresponsabilidad fiscal.

66. La financiación de las Comunidades Autónomas (II): La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen foral: País Vasco y Navarra. Especialidades del régimen tributario de estas Comunidades y su relación con el régimen tributario general. El régimen económico fiscal de Canarias. Peculiaridades de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

67. La financiación de las Haciendas Locales. Recursos financieros de las Haciendas Locales. Examen especial del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La gestión catastral.

(01/6.500/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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