Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2025

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250425-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

59
San Lorenzo de El Escorial. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, tras la incorporación de la concejal D.a María Henar Millán Ruiz, en sesión celebrada el día veintisiete de febrero de dos mil veinticinco, adoptó los siguientes acuerdos:

“Primero.—Establecer el desempeño del cargo de una Concejalía-Delegada en régimen de dedicación parcial al ochenta por ciento, con una retribución de 31.008,10 euros anuales.

Segundo.—La retribución aprobada se abonará con efectos desde el día siguiente al otorgamiento de las delegaciones, y la misma será objeto de actualización en los mismos porcentajes que se apliquen a los empleados del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. De no aceptarse el régimen de dedicación, se percibirán las asistencias correspondientes.

Tercero.—Como consecuencia de lo anterior, los cargos que podrán desempañarse en régimen de dedicación exclusiva o parcial, quedan aprobados en los siguientes términos:

Cargos con dedicación exclusiva:

— Alcaldía-Presidencia.

— Primer teniente de alcalde.

— Segundo teniente de alcalde.

— Tres (3) concejales-delegados.

Cargos con dedicación parcial, al 80 %:

— Un (1) concejal-delegado.

Cargos con dedicación parcial, al 75 %:

— Dos (2) concejales-delegados.

Cargos con dedicación parcial, al 22,17 %:

— Concejales de la oposición.

Para los cargos desempeñados en régimen de dedicación exclusiva se fija una jornada ordinaria igual a la de los funcionarios públicos, y para los de dedicación parcial, proporcional a su dedicación.

Cuarto.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios este acuerdo en los términos legalmente previstos”.

De igual manera, se hace público que la Sra. alcaldesa, tras la incorporación de los concejales, D.a María Henar Millán Ruiz, D. Javier Millán Guadaño y D. José Antonio Cachaza Gómez, mediante resolución de fecha 17 de marzo de 2025, acordó lo siguiente:

“1. El cargo de alcaldesa se desempeña en régimen de dedicación exclusiva, por su titular, D.a Carlota López Esteban, con las condiciones y retribuciones aprobadas por el Pleno de 20 de julio de 2023.

2. Desempeñarán sus cargos de primer y segunda tenientes de alcalde, en régimen de dedicación exclusiva, con las condiciones y retribuciones aprobadas por el Pleno de 20 de julio de 2023, D. Juan José Blasco Yunquera y D.a Myriam Contreras Robledo, respectivamente; los cuales tienen delegadas las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales:

— El Sr. Blasco Yunquera: Coordinación de las Áreas de Gobierno; Planificación Económico-Financiera (comprende las áreas de Hacienda y Patrimonio); Desarrollo Urbano (comprende las áreas de Infraestructuras, Urbanismo, Vivienda y Servicios); Seguridad Ciudadana y Movilidad y Protección Civil; Personal.

— La Sra. Contreras Robledo: Educación-Formación, Familia e Infancia, Festejos, Cultura, Hermanamientos, Protocolo y Relaciones institucionales.

3. Desempeñarán sus cargos de concejales-delegados, en régimen de dedicación exclusiva, con las condiciones y retribuciones aprobadas por el Pleno de 20 de julio de 2023, D.a Patricia Cristina Partida Becerril, D.a Ana Callejo Fernández-Quejo y D. Jesús Muñoz Díaz, los cuales tienen delegadas las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales:

— La Sra. Partida Becerril: Turismo; Medio Ambiente y Bienestar Animal, y Régimen Interior.

— La Sra. Callejo Fernández-Quejo: Juventud, Mayores, Mujer e Igualdad, y Atención al Ciudadano.

— El Sr. Muñoz Díaz: Participación Ciudadana, Biblioteca y Escuela de Música y Danza, y Deportes.

4. Desempeñará su cargo de concejala-delegada, en régimen de dedicación parcial al 80 % de la jornada, con las condiciones y retribuciones aprobadas por el Pleno de 27 de febrero de 2025, D.a María Henar Millán Ruiz, la cual tiene delegadas las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales:

— La Sra. Millán Ruiz: Bienestar Social (comprende las áreas de Servicios Sociales, sensibilización e información, ONGs y cooperación y voluntariado), Archivo Histórico, y Sanidad y la gestión del Cementerio Municipal.

5. Desempeñarán sus cargos de concejales-delegados, en régimen de dedicación parcial al 75 % de la jornada, con las condiciones y retribuciones aprobadas por el Pleno de 20 de julio de 2023, D.a Marta Cebrián Miguel Romero y D. Eduardo Moreira Martín-Peñato, los cuales tienen delegadas las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales:

— La Sra. Cebrián Miguel Romero: Hostelería, Industria, Comercio y Consumo.

— El Sr. Moreira Martín-Peñato: Infraestructuras básicas y mantenimiento de la ciudad (obras); Empleo y emprendimiento.

6. Desempeñarán sus cargos de concejales de la oposición, en régimen de dedicación parcial al 22,17 %, con las condiciones y retribuciones aprobadas por el Pleno de 20 de julio de 2023, D.a Cristina Ojeda Moyano, D.a Anahí Asenjo Romera, D. Diego Díaz Palomo, D. Francisco Herráiz Díaz, D. José María Herranz Sánchez, D. José Antonio Cachaza Gómez, D. José Enrique París Barcala y D. Javier Millán Guadaño.

7. Notificar a los afectados la presente resolución y requerirles para que acepten expresamente el desempeño del cargo en el régimen de dedicación atribuido en esta resolución.

8. Publicar esta resolución en los términos legalmente previstos”.

Consta la aceptación de los concejales afectados de los regímenes de dedicación anteriormente señalados.

San Lorenzo de El Escorial, a 9 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Carlota López Esteban.

(03/6.136/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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