Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250425-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
ORDEN de 11 de abril de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran secretarias suplentes de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid.

I

La Comunidad de Madrid ejerce sus competencias en materia de protección al consumidor, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

El artículo 5.a) del Decreto 246/2001, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, atribuye a este órgano de gestión el apoyo y tutela de la Junta Arbitral Regional de Consumo, así como el fomento de su actividad. La disposición adicional primera, en su apartado a), del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, adscribe el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

En fecha 17 de marzo de 2025, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad de Madrid, suscribieron un convenio para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid.

II

El artículo 5.1 del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece que las Juntas Arbitrales estarán integradas por las personas titulares y suplentes de su presidencia y secretaría y por el personal que sirve de apoyo al desarrollo de sus funciones.

El párrafo segundo del mismo precepto, determina que los nombramientos de las personas que ostentan la presidencia y secretaría de la Junta, sean titulares o suplentes, deberán recaer en personal al servicio de las administraciones públicas y ser designados por la administración a la que esté adscrita la Junta Arbitral, publicándose su nombramiento en el diario oficial que corresponda a su ámbito territorial. En caso de vacante, ausencia, enfermedad, abstención o recusación, las personas titulares de dichos cargos serán sustituidas por las designadas como suplentes.

III

El Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 40.2 atribuye al titular de la Consejería con competencia en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores, el nombramiento de los Secretarios de la Junta Arbitral de Consumo.

Por Orden de 21 de noviembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, se nombran Presidente y Secretario de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid y se designan sus suplentes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 285, de 30 de noviembre de 2023).

La presente Orden tiene por objeto el nombramiento de nuevos Secretarios suplentes de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid y el cese de los anteriores.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la referida normativa y en uso de las atribuciones previstas en el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Primero

Cese de suplentes del Secretario de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid

Cesar como suplentes del Secretario de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid a:

1. Doña María Gracia López Camacho.

2. Doña María Pilar Fernández González.

Segundo

Nombramiento de suplentes del Secretario de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid

Nombrar como suplentes del Secretario de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, por orden de prelación a:

1. Doña María Pilar Fernández González.

2. Doña Mercedes Garrido Martínez.

Cuarto

Inicio de efectos

La presente Orden surtirá efectos el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de abril de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

(03/6.059/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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