Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250424-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
Coslada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria de subvenciones a asociaciones ciudadanas de Coslada para el año 2025.

BDNS: 826712

Se aprueban por decisión de la Junta de Gobierno Local de 11 de abril de 2025:

Las normas rectoras de la convocatoria de subvenciones a las asociaciones ciudadanas del municipio de Coslada, así como el anexo I sobre los criterios de las diferentes áreas, el anexo II sobre el baremo para la subvención de material general y el anexo III con los formularios para la solicitud de subvenciones 2025 y se autoriza el gasto de 252.000,00 euros para la convocatoria de subvenciones a asociaciones ciudadanas para el año 2025.

Tanto las normas rectoras de la convocatoria como los criterios de los anexos I y II pueden encontrarse en la página web www.asociacionesdecoslada.org . El plazo para presentar las solicitudes se abrirá al día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se cerrará quince días naturales más tarde. Dicha presentación de solicitudes se realizará a través del registro electrónico del ayuntamiento de Coslada mediante firma electrónica de la entidad o de la persona representante de la misma. Al efecto de facilitar dicha presentación se habilitará un punto de información en la Concejalía de Participación Ciudadana a través del correo electrónico: participacion@ayto-coslada.es

Lo que se hace saber para general conocimiento.

Coslada, a 11 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/6.124/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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