Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
21-04-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250421-40

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

De conformidad con el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común, se hace público para su conocimiento el decreto de Alcaldía número 2025002540 de fecha 7 de abril de 2025, que literalmente dice:

Examinado el expediente para la aplicación del régimen de dedicación exclusiva a los tres concejales a los que mediante decreto número 2025002500 de Alcaldía, de 4 de abril de 2025, se les ha conferido delegaciones de competencias y

Vistos:

a) El acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Arganda, en sesión celebrada el 22 de junio de 2023, referido a la aprobación de cargos que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva o parcial con derecho a retribución y sobre las asistencias a las sesiones a órganos.

b) El decreto número 2023004079, de 22 de junio de 2023, por el que se asignaron nominativamente los cargos con dedicación exclusiva y parcial con efectos desde el 19 de junio de 2023.

c) El decreto número 2025002500, de 4 de abril de 2025, por el que se procedió a modificar el régimen de delegaciones de todos los concejales, resultando que se ha incrementado el número de concejalías delegadas pasando de 10 a 13, además del alcalde.

d) La providencia de inicio de expediente de atribución a las tres concejalías delegadas nuevas el régimen de dedicación exclusiva de fecha 7 de abril de 2025.

e) El informe jurídico-propuesta emitido por la Sra. secretaria general, D.a Mónica Miriam Laborda Farran, con fecha 7 de abril de 2025.

f) La retención de crédito solicitada por la Alcaldía.

g) El informe de fiscalización emitido con fecha 7 de abril de 2025 por el Sr. interventor, D. Emilio Navarro Heras.

Considerando lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Carta Europea de Autonomía Local, en los artículos 75, 75 bis y 75 ter y concordantes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 13.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (artículo 13.4), en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Considerando que se cumple con el número máximo de miembros que en el Ayuntamiento de Arganda del Rey pueden tener dedicación exclusiva, fijándose en un número de 15 para municipios con población entre 50.001 y 100.000 habitantes.

En uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía,

ACUERDA

Primero.—Asignar el régimen de dedicación exclusiva correspondiente a los concejales con competencias delegadas, aprobado por el Ayuntamiento Pleno de Arganda del Rey, en sesión celebrada el 22 de junio de 2023 (punto quinto), con efectos del día 7 de abril de 2025, a los siguientes concejales/as:

— Don Francisco de Paula Serrano Caballero, concejal-delegado de Mantenimiento de la ciudad.

— Don Pedro Vicente Majolero López, concejal-delegado de Promoción Económica y Movilidad.

— Doña Rosa María Marín Massó, concejala-delegada de Bienestar Social.

La aplicación del régimen de dedicación exclusiva requerirá la aceptación de los cargos que dan lugar a la misma.

Con carácter general, el desarrollo de las responsabilidades corporativas en régimen de dedicación exclusiva implicará la dedicación preferentemente a las tareas propias del cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones marginales que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación. No obstante, tanto el ejercicio de otro empleo o actividad en el sector público, precisará de una previa y expresa autorización de compatibilidad, como el ejercicio de otras actividades privadas, que precisarán un reconocimiento de compatibilidad o declaración de incompatibilidad, deberán autorizarse o declararse respectivamente por el Pleno, de conformidad con la normativa vigente en materia de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Pública.

Segundo.—Modificar el régimen de jornada laboral de los señores Serrano Caballero y Majolero López a jornada completa y dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a la Sra. Marín Massó, a los efectos del reconocimiento del régimen de dedicación exclusiva, todo con efectos de 7 de abril de 2025.

Se advierte que, las retribuciones que se perciban serán incompatibles con la de cualquier otra a cargo de los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes.

Tercero.—Autorizar y disponer los siguientes gastos en las aplicaciones presupuestarias que se indican con cargo a correspondiente del presupuesto general en vigor, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el Real Decreto 500/1990:

Cuarto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados, dando cuenta al Pleno, en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.

Quinto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos municipal y en el portal de transparencia el presente acuerdo de determinación de los miembros que realizan sus funciones en régimen de dedicación exclusiva.

En Arganda del Rey, a 8 de abril de 2025.—El alcalde, Alberto Escribano García.

(03/5.819/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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