Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2025

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250402-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

URBANISMO

85
El Álamo. Urbanismo. Plan parcial

El proyecto de Plan Parcial del ámbito de Suelo Urbanizable Sectorizado incluido en el Plan General de El Álamo, con la denominación de Sur-2 “Camino de la Cruz de la Piedra”, promovido de oficio por este Ayuntamiento al estar prevista para su gestión urbanística la aplicación de las reglas del Sistema de Cooperación, ha sido aprobado inicialmente en virtud de decreto de Alcaldía, de fecha 26 de marzo de 2025, estableciendo las determinaciones de ordenación pormenorizada y precisando las reservas de suelo para redes públicas, así como las conexiones con los desarrollos urbanísticos adyacentes.

Por lo anterior, y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

ACUERDO

1. Someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones se estimen oportunas por los interesados, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70 ter, de la Ley de Bases de Régimen Local.

2. Remitir a la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular adscrita a la Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, la documentación técnica del expediente, así como la certificación del acuerdo que se adopte, para su evaluación ambiental estratégica simplificada.

3. Solicitar el resto de los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

4. Notificar el presente acuerdo individualmente a los propietarios del Sector, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el departamento de Urbanismo (segunda planta) y a través de la web municipal: https://www.ayuntamientoelalamo.org , así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el registro general de la Corporación o en su registro electrónico, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

En El Álamo, a 1 de abril de 2025.—El alcalde, Alberto Cabezas Ortega.—El secretario general, Alfonso Magaña Ponte.

(03/5.284/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250402-85