Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250402-8

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

8
RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Gobernante (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas excluidas y se anuncia la celebración del primer y del segundo ejercicio de la oposición.

Mediante Orden 535/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 282, de 26 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Gobernante (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, de 27 de diciembre de 2021), y cuyo número de plazas ofertadas fue ampliado mediante la Orden 380/2022, de 1 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 62, de 14 de marzo), de la misma Consejería.

A continuación, se publicó la Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprobaron las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso a plazas de la citada categoría profesional, y se publicaron las relaciones provisionales de personas excluidas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 7 de noviembre).

Asimismo, mediante Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Dirección General de Función Pública, se hizo pública la composición del Tribunal Calificador de las citadas pruebas selectivas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 7 de noviembre), siendo posteriormente modificada mediante Resolución de 2 de febrero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38, de 14 de febrero) y, posteriormente, mediante Resolución de 10 de febrero de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 43, de 20 de febrero), ambas igualmente de la citada Dirección General de Función Pública.

En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación y efectuadas las comprobaciones pertinentes, este centro directivo, de conformidad con lo establecido en la base novena apartado cuarto de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través de la página web de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, a la que se puede acceder desde el siguiente enlace:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/gobernante

Igualmente, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en las siguientes páginas web:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/gobernante-pi

Segundo

Publicar, como anexos a la presente resolución las relaciones definitivas de personas aspirantes excluidas en el reseñado proceso selectivo.

Tercero

La inclusión en las relaciones definitivas de personas admitidas en las citadas pruebas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares de participación exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar, para aquellas personas que superen el proceso selectivo, tal y como se indica en los apartados segundo y tercero de la base novena de la Orden 535/2021, de 25 de octubre.

Cuarto

1. Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido tribunal calificador, el día 26 de abril de 2025, a las 9:00 horas, en la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid (Edificio Aulario), sita en la Avenida de la Complutense, número 3, 28040 MADRID, y se desarrollará conforme a lo dispuesto en la base séptima 2.1 de la citada Orden 535/2021, de 25 de octubre.

2. Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del segundo ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido tribunal calificador, el día 26 de abril de 2025, a las 11:30 horas, en la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid (Edificio Aulario), sita en la Avenida de la Complutense, número 3, 28040 MADRID, y se desarrollará conforme a lo dispuesto en la base séptima 2.2 de la citada Orden 535/2021, de 25 de octubre.

De acuerdo con la citada base séptima 2.2, la ponderación de los criterios de evaluación será la siguiente:

— Capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar: 25%.

— Rigor analítico: 25%.

— La sistemática, claridad y orden de ideas: 25%.

— Elaboración de una propuesta razonadas para la resolución del caso práctico: 25%.

Los llamamientos serán únicos para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el citado tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.

Quinto

No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en las relaciones definitivas de admitidas a estas pruebas selectivas, que son objeto de aprobación mediante la presente resolución.

Asimismo, habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad.

No se permitirá el acceso a los exámenes a quienes no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal de Selección.

Durante la realización del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet, teléfono móvil o reloj inteligente.

Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Sexto

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En Madrid, a 19 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Moreno Bernis.



(03/4.703/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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