Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250401-100

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

100
Velilla de San Antonio. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19/03/2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa n.o 10 por la ocupación de la vía pública con terrazas de veladores, puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones, situados en terreno de uso público e industria callejera y ambulante y rodaje cinematográfico.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://velilladesanantonio.sedelectronica.es ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Velilla de San Antonio, a 21 de marzo de 2025.—La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.

(03/4.554/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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