Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2025

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250322-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ADENDA de 30 de enero de 2025, de prórroga al convenio de colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y Bankia, S. A. (actualmente, Caixabank, S. A.), para la financiación de la Comunidad de Madrid.

De una parte, la Comunidad de Madrid, con domicilio en Madrid, plaza de Chamberí, número 8, con CIF S-7800001-E, representada en este acto por D. Rodrigo Robledo Tobar, cuyos datos personales no se consignan en virtud de su cargo oficial, en su calidad de Director General de Política Financiera y Tesorería, cargo para el que fue nombrado en virtud del Decreto 168/2019, de 3 de septiembre, del Consejo de Gobierno, estando facultado para este acto por el apartado octavo.2.h) de la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024).

Y, de otra parte, Caixabank, S. A., con domicilio social en Valencia, Calle Pintor Sorolla, número 2-4, C. P. 46002, con CIF A-08663619, representada en este acto por D. Francisco Costa Ferrer, con NIF **44826**, en virtud de escritura de poder autorizada por la Notaria del Ilustre Colegio de Notarios de Cataluña, D.a María Dolores Giménez Arbona, con fecha 29 de mayo de 2023 y número de protocolo 1.071; y por D. Juan Antonio Peña Peña, con NIF **019795**, en virtud de escritura de poder autorizada por la misma Notaría, con fecha 27 de junio de 2023 y número de protocolo 1.349.

EXPONEN

I. Por Orden de la Consejería de Hacienda y Función Pública, de 1 de diciembre de 2020 (rectificación de errores por Orden de 29 de diciembre), se aprobaron las bases generales del procedimiento de selección de entidades de crédito colaboradoras en la prestación de los servicios de tesorería, financiación y recaudación de la Comunidad de Madrid, iniciándose el proceso de selección de las mismas.

II. Finalizado dicho proceso, de conformidad con las citadas bases, fueron seleccionadas las entidades colaboradoras en el servicio de financiación de la Comunidad de Madrid, entre ellas, la entidad Bankia, S. A., en los términos definidos en la base primera de las bases generales. A tal fin, las partes suscribieron el 26 de febrero de 2021, el correspondiente convenio de colaboración de financiación de la Comunidad de Madrid.

III. Mediante testimonio notarial otorgado por D. Alfonso Maldonado Rubio, notario del Ilustre Colegio de Valencia y con residencia en Valencia, de fecha 26 de marzo de 2021, se da fe de la escritura de fusión por absorción de “Bankia, S. A.” (sociedad absorbida) y “CaixaBank” (sociedad absorbente) con extinción, vía disolución sin liquidación, de la primera y transmisión en bloque por sucesión universal de todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones a la segunda; escritura de fusión inscrita en fecha 26 de marzo de 2021 en el Registro Mercantil de Valencia al tomo 10804, libro 8083, folio 121, Sección 8, hoja V-178351, inscripción 504.a, en cuanto a la sociedad absorbente; y en el mismo Registro Mercantil de Valencia, el mismo día, al tomo 10602, libro 7883, folio 219, Sección 8, hoja V-17.274, inscripción 911.a, en cuanto a la sociedad absorbida. Como consecuencia de dicha escritura de fusión y su posterior inscripción, “Bankia, S. A.”, se ha extinguido como persona jurídica, y “Caixabank, S. A.”, ha devenido titular de todas las participaciones y acciones ostentadas por la primera, en el capital social de las diferentes sociedades en las que aquella era accionista, socio o participe en cuanto parte integrante de su activo.

En este sentido debe señalarse que la base decimosexta, denominada “Fusión o absorción de entidades”, de las bases generales del procedimiento de selección de entidades colaboradoras para la prestación de los servicios de tesorería, financiación y recaudación de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de 1 de diciembre 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (rectificación de errores por Orden de 29 de diciembre) señala, en su párrafo primero, que “En caso de que se produzca la fusión o absorción de dos o más entidades colaboradoras, la entidad nueva resultante o la entidad absorbente se entenderá subrogada en todos los derechos y obligaciones derivados de las bases de la presente convocatoria y del convenio que fueran propios de la entidad o entidades fusionadas o extintas”.

En consecuencia, CaixaBank, S. A., como entidad absorbente de Bankia, S. A., se subrogó en todos los derechos y obligaciones derivados del convenio de colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y la entidad Bankia, S. A., para la financiación de la Comunidad de Madrid.

IV. La cláusula cuarta del referido convenio de colaboración de financiación de la Comunidad de Madrid establece que su vigencia se extenderá desde el 1 de marzo de 2021 hasta el día 28 de febrero de 2025, ambos inclusive. Conforme dispone dicha cláusula, la vigencia del convenio podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes de forma semestral, anual o bianual hasta un máximo de dos años. El acuerdo de prórroga se materializará antes de la finalización de su vigencia inicial o prorrogada e implicará la continuidad en la prestación de los servicios por la entidad en las mismas condiciones jurídicas y económicas iniciales. No obstante, de acuerdo con la base quinta de las bases generales del procedimiento de selección, la prórroga del convenio se supedita a que se prorrogue el convenio suscrito por las entidades colaboradoras adjudicatarias del servicio de recaudación y pagos.

En el presente caso, tanto la Comunidad de Madrid como la entidad CaixaBank, S. A., están de acuerdo en la prórroga de la duración del convenio de referencia de financiación por un año más. Asimismo, en fecha 29 de enero de 2025, la Comunidad de Madrid y CaixaBank, S. A, que también es la entidad colaboradora en el servicio de recaudación y pagos, Grupos 1 y 2, han suscrito adenda de prórroga del convenio de colaboración en este servicio que vincula a las partes.

Por lo anterior, procede la formalización de la correspondiente adenda al convenio de Colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y la entidad Bankia, S. A., para la financiación de la Comunidad de Madrid, actuando CaixaBank, S. A., como sucesora de esa extinta entidad, y ambas partes, reconociéndose mutuamente competencia y capacidad, suscriben la presenta adenda, y

ACUERDAN

Prorrogar por un año la vigencia del convenio de colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021, entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y la entidad Bankia, S. A., para la financiación de la Comunidad de Madrid, en el que CaixaBank, S. A., actúa como sucesora de la extinta entidad Bankia, S. A. La vigencia de la prórroga se extenderá desde el 1 de marzo de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, ambos inclusive, con la continuidad en la prestación de los servicios por parte de CaixaBank, S. A., en las mismas condiciones jurídicas y económicas.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes suscriben la presente adenda, por duplicado, en la fecha de firma.

En Madrid, a 30 de enero de 2025.—Por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, P. D., Rodrigo Robledo Tobar.—Por la Entidad, P. P., Francisco Costa Ferrer, Juan Antonio Peña Peña.

(03/3.396/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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