Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2025

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250305-39

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

39
RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2025, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S44) Línea de ayudas a entidades locales para la creación de una red de centros de cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad.

Madrid, a 21 de febrero de 2025.

REUNIDOS

De una parte, La Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, la Ilma. Sra. D.a Mercedes López Moreno, Presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, elegida en la Asamblea Constituyente celebrada el día 26 de septiembre de 2023, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, ostentando las atribuciones que le confieren y otorgan el art. 21 de la Ley 7/1985, de 7 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el art. 41 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como los Estatutos de la Mancomunidad.

Ambas intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento de Resolución del convenio,

MANIFIESTAN

Primero

Que el día 11 de septiembre de 2022, suscribieron Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S44) Línea de ayudas a entidades locales para la creación de una red de centros de cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad, el cual fue modificado mediante Adenda firmada con fecha 4 de diciembre de 2024.

Mediante dicho Convenio la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte participa en la siguiente línea de inversión, proyectos y subproyectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

Línea de inversión I2. Plan de Modernización de los Servicios Sociales: transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia:

— Proyecto P04: “Experimentación de innovaciones en Servicios Sociales” (Línea C22.I2.P04):

• Subproyecto S44: Línea de ayudas a entidades locales para la creación de una red de centros de cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad.

Segundo

Que en fecha de registro 7 de febrero de 2025 tiene entrada solicitud de autorización de la renuncia a la ejecución del Proyecto para la creación de una red de centros cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad (S44) presentada por la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, aportando certificado de fecha 6 de febrero de 2025 del Secretario-Interventor de la Mancomunidad relativo a la Junta de Gobierno Local celebrada en fecha 3 de febrero de 2025 en el que se acuerda:

1.o Resolver el referido Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y esta Mancomunidad para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia (s44). Línea de ayudas a entidades locales para la creación de una red de centros de cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad.

2.o Ordenar la puesta a disposición de la Comunidad de Madrid de aquellas cantidades que no han sido ejecutadas dentro del programa 231d, subconcepto 76309 “Corporaciones Locales”, con cargo al fondo con código 2021/00079 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid financiado con el Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation EU-MRR y Proyecto 2022/000798, y que ascienden a un total de 1.830.854,94 euros”.

Tercero

Que la cláusula decimoctava de dicho Convenio, prevé que se extinguirá, cuando concurra cualquiera de las causas recogidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto

Que el artículo 51.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que es causa de resolución de los convenios el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En concreto, la Mancomunidad Sierra Norte ha comunicado a la otra parte firmante la voluntad de no continuar con la ejecución del subproyecto objeto de dicho Convenio, procediendo a la devolución de los importes no ejecutados. A tal efecto,

ACUERDAN

Primero

Resolver, aceptando la renuncia presentada por parte de la entidad local, el citado Convenio mediante la suscripción del presente documento, de conformidad con lo establecido en la cláusula decimoctava del Convenio.

Segundo

Acordar el reintegro correspondiente a la liquidación. De acuerdo con lo previsto en la cláusula undécima del Convenio la aportación económica de la Comunidad de Madrid fue abonada al 100% mediante anticipo durante el ejercicio 2023, en la siguiente fecha:

— C22.I2. P04 con fecha de abono 29/5/2023, por importe de 2.000.000 euros.

En virtud de la cláusula undécima del Convenio suscrito la Comunidad de Madrid realizará la oportuna regularización de las cantidades percibidas y no justificadas por la entidad local, mediante el reintegro de las cantidades indebidamente justificadas.

Como consecuencia de la extinción del convenio, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte procederá al reintegro de la aportación de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes desde que se hubiera aprobado la liquidación, conforme a lo siguiente:

1. De acuerdo con los certificados semestrales expedidos por el Secretario-Interventor de la Mancomunidad, se constata que el importe ejecutado a la fecha asciende a 169.145,06 euros, con el siguiente desglose:

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 52.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, si de la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por alguna de las partes fuera inferior a los fondos que la misma hubiera recibido del resto de partes del convenio para financiar dicha ejecución, aquella deberá reintegrar a estas el exceso que corresponda a cada una, en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera aprobado la liquidación. En este sentido, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte deberá proceder al reintegro del remanente de la aportación de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes desde que se hubiera aprobado la liquidación, con el siguiente detalle:

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.

Madrid, a 21 de febrero de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, la Presidenta, María Mercedes López Moreno.

(03/3.048/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250305-39