Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250224-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

73
Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Composición comisiones

Por Acuerdo del Pleno, de fecha 30/01/2025, se adopta acuerdo relativo a la modificación de las comisiones informativas:

Primero.—Modificar la composición de las comisiones informativas permanentes en el Ayuntamiento de Morata de Tajuña:

1. Comisión Informativa Especial de Cuentas.

2. Comisión Informativa de Asuntos Plenarios.

Segundo.—La Secretaría y Presidencia de las Comisiones no sufre ninguna modificación.

Tercero.—Será indispensable la presencia y asistencia del Interventor/a Municipal solo en la Comisión Especial de Cuentas.

Cuarto.—Los vocales serán los ya designados por los grupos municipales.

Quinto.—Mantener el régimen de indemnizaciones y asistencias aprobado por Pleno con fecha 27 de julio de 2023, esto es:

“Asistencia a sesiones y comisiones. Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación parcial o exclusiva percibirán por la asistencia a las sesiones que celebren los órganos colegiados municipales, las cuantías siguientes: 200 euros/sesión, Pleno; 160 euros/sesión, Junta de Gobierno Local; 100 euros/sesión, Comisiones Informativas. En lo que se refiere a derechos por asistencias a sesiones de órganos colegiados, en caso de celebrarse una o más sesiones del mismo órgano en el mismo día, solamente podrán percibirse derechos por una de ellas”.

Resulta aprobada por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.

Morata de Tajuña, a 11 de febrero de 2025.—El alcalde, Fernando Villalain González.

(03/2.377/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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