Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2025

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250215-16

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

16
Madrid número 13. Procedimiento 2883/2024

EDICTO

D./Dña. Daniel Alejandro Ignacio Campos letrado/a de la Administracion de Justicia del juzgado de instrucción n.o 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 2883/2024 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

1. Condenar a Mohamed Aharam, como autor penalmente responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, a la pena de 20 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago consistente en un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas.

2. Condenar a Mohamed Aharam, al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. Mohammed Aharam, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 29 de enero de 2025.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(03/1.610/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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