Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2025

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250211-87

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 3 de febrero de 2025, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local (punto número 14), por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria “Premios por la participación, concurso de disfraces, elementos decorativos, sardina y puesta en escena para el Carnaval 2025” del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a través de la Concejalía de Festejos (código: 2025/2025/3/640804/000).

BDNS: 812771

Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de beneficiario de los premios los grupos, colectivos y/o asociaciones que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

Podrán participar en los actos programados por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con motivo de las Fiestas del Carnaval y ser beneficiarios, a efectos de lo recogido en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, los grupos, colectivos y/o asociaciones y peñas que estén dadas de alta como entidad y constituidos como entidad jurídica en el Registro de Asociaciones Municipales que cumplan los siguientes requisitos:

Haber presentado la solicitud en tiempo y forma de acuerdo con lo recogido en las presentes bases.

Para los premios por participación en los Carnavales 2025, los grupos, colectivos y/o asociaciones deberán participar al completo y de una forma activa en los actos programados para los días 1 y 2 de marzo y haber participado en la edición anterior, salvo causa excepcional y suficientemente justificada, esta justificación será valorada por los técnicos municipales, sin posibilidad de apelación. Aquellos grupos, colectivos y/o asociaciones que participen por primera vez en el desfile no tendrán derecho a la percepción de este premio.

La organización comprobará en el lugar de salida del desfile la presencia de las agrupaciones conforme a la ficha de inscripción presentada.

Presentar un número mínimo de veinte (20) integrantes de la entidad a los desfiles.

Que todos los miembros de las entidades vayan ataviados con atuendos propios del carnaval con una mínima calidad artística, debiendo ser iguales o integrados en el motivo carnavalesco elegido, sin que pueda coincidir con el utilizado en alguna de las tres últimas ediciones.

Velar en todo momento por la seguridad de los participantes y público, en mayor medida si son acompañados de algún tipo de artilugio o artefacto, quedando prohibida la utilización de cualquier material pirotécnico.

Obedecer las instrucciones que les indiquen la Organización, Policía Local y Protección Civil durante todo el recorrido.

Aquellas entidades que no se inscribiesen al concurso en plazo o no cumpliesen todos los requisitos descritos, tendrán derecho a participar en el desfile, no así, a optar a ninguno de los distintos premios que regulan estas bases.

Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de las agrupaciones participantes en el Carnaval, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de premios a la participación de los diferentes grupos, así como los premios derivados del concurso de disfraces, elementos decorativos, sardina y puesta en escena en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Estas bases tienen como objeto fomentar la participación de grupos, colectivos y/o asociaciones, comparsas y peñas que estén constituidas legalmente como una entidad para mayor vistosidad de estas fiestas.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento o en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inline-files/Ordenanza%...

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF

Cuarto. Cuantía.—Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria se destinará el crédito presupuestario establecido en el presupuesto vigente, aplicación presupuestaria 050 33000 48000 denominada “Subvenciones Entidades Culturales” por un importe total de sesenta y seis mil setecientos veinticinco euros (66.725,00 euros).

La cuantía económica se desglosa tal y como sigue:

— Como premio a la participación en los Carnavales 2025 de los grupos que cumplan los requisitos recogidos en puntos anteriores, se destinará, de la aplicación presupuestada mencionada anteriormente, cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta euros (48.450,00 euros), con un máximo de subvención por los grupos, colectivos y/o asociaciones y peñas de novecientos cincuenta euros (950,00 euros). En el supuesto de que el número de solicitudes suponga una dotación económica superior al límite señalado, el Ayuntamiento se reserva la facultad de ajustar las ayudas al crédito disponible.

— El importe destinado a premios del concurso de disfraces y elementos decorativos será de 9.850,00 euros.

— El importe destinado a premios del concurso sardinas y puesta en escena será de 8.425,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Los solicitantes, además de la propia solicitud presentada en la sede electrónica municipal o de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando el código de la convocatoria de ayudas a las Entidades participantes en el Carnaval 2025, entre las fechas 17 de febrero al 21 de febrero de 2025 (ambas inclusive), deberán presentar la siguiente documentación:

1. Adjuntar certificado de titularidad de la cuenta para hacer efectivo el abono del premio mediante transferencia bancaria.

2. Solo para aquellas entidades que realicen su primera participación en esta actividad, documento en el que se acredite a la entidad como grupos, colectivos y/o asociaciones que estén dadas de alta como entidad y constituidos como entidad jurídica en el Registro de Asociaciones Municipales.

Sexto. Otros datos.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, juntamente con una comisión de valoración conformada por representantes de todas las Peñas y Asociaciones de Torrejón de Ardoz, realizará un informe indicando que peñas y asociaciones han cumplido con los requisitos fijados en relación con componentes y calidad artística recogidos en las presentes bases.

Este informe regirá por tanto que grupos son los que recibirán estos premios, entendiendo su justificación por tanto en su participación y en la calidad artística de los trajes con los que participan en los diferentes desfiles.

El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será la fecha de finalización de los Carnavales día 2 de marzo de 2025.

Torrejón de Ardoz, a 4 de febrero de 2025.—El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.

(03/1.760/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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