Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2025

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250205-70

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato Municipal de Deportes

70
Fuenlabrada. Régimen económico. Patronato Municipal de Deportes. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de resolución de la Presidencia del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, número 19, de 27 de enero de 2025, relativa a la aprobación de la convocatoria de premios deportivos 2024.

BDNS: 811482

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).

Primero. Objeto.—El Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada convoca el procedimiento de concesión de premios deportivos, que se otorgarán conforme al mayor logro deportivo obtenido certificado por la Federación correspondiente, durante los Campeonatos celebrados en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Segundo. Beneficiarios/as.—Toda persona física que realice un deporte de competición en la modalidad individual, que se encuentre empadronada en Fuenlabrada de forma continuada al menos durante los dos últimos años desde la apertura del plazo de la presente convocatoria, y que cumpla además los requisitos fijados en el artículo quinto de las bases.

Quedan excluidos/as:

a) Los deportes de equipo.

b) Los deportes no reconocidos por el CSD (Consejo Superior de Deportes).

c) Los/as participantes de deporte individual que consigan el mejor resultado en las competiciones por equipo.

d) Los/as participantes en competiciones correspondientes a gremios profesionales (Policías, Bomberos, etc.).

e) Los Campeonatos de Selecciones Autonómicas, Campeonatos por Clubs, Copas, Torneos, Trofeos o cualquier otra convocatoria que no sea el campeonato absoluto correspondiente según el baremo adjunto en el artículo 6, convocado por las Federaciones Autonómicas o Nacional.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El crédito aprobado asciende a 62.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4069/341/48000, correspondiente al ejercicio 2025. Los criterios de reparto son los siguientes:

— Los deportes individuales olímpicos y los no olímpicos reconocidos por el CSD (Consejo Superior de Deportes), así como las especialidades mencionadas en el siguiente enlace:

https://www.csd.gob.es/es/federaciones-y-asociaciones/federaciones-depor...

— No será objeto de valoración ninguna solicitud en la que el/la solicitante no se ajuste a las condiciones establecidas en la presente convocatoria y al baremo siguiente:



Quinto. Plazo de presentación.—El plazo de presentación de las solicitudes y documentación preceptiva será de 10 días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las solicitudes podrán presentarse, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación exigida, por el/la interesado/a o su representante, por cualquiera de los siguientes medios:

— Presencialmente, en el registro del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, registro general de entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus registros auxiliares.

— Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada ( https://sede.ayto-fuenlabrada.es/ ).

— En el resto de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sexto. Pago.—Se procederá al pago una vez aprobada la concesión definitiva de los premios, mediante transferencia bancaria.

Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.

Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.

La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.

Fuenlabrada, a 28 de enero de 2025.—El vicepresidente del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, Juan Agustín Domínguez San Andrés.

(03/1.395/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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