Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250129-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

43
Colmenarejo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por resoluciones de Alcaldía n.º 274/2023 ,de 27 de junio de 2023; n.o 1080/2023, de 20 de septiembre de 2023: n.o 1267/2023, de 30 de noviembre de 2023; n.o 1496/2023, de 13 de diciembre de 2023; n.o 1077/2024, de 10 de julio de 2024, y n.o 1854/202,4 de 16 de diciembre de 2024, delegué en el concejal D. José Jorge Martín Gómez el ejercicio de las atribuciones en materia de Hacienda, Subvenciones, Personal, Régimen Interno, Contratación y Urbanismo.

Visto que es necesario por razones de índole técnica y organizativa y en aras del interés público, para dar un nuevo impulso y dinamismo a la actividad municipal por la Alcaldía, revocar la delegación de competencias en el concejal D. José Jorge Martín Gómez, en materia de Subvenciones y Urbanismo, delegadas por sendas resoluciones de Alcaldía n.o 1080/2023, de 20 de septiembre de 2023, y n.o 1854/2024, de 16 de diciembre de 2024.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Revocar las competencias delegadas en el concejal D. José Jorge Martín Gómez, por resoluciones de Alcaldía n.o 1080/202,3 de 20 de septiembre de 2023, y n.o 1854/2024, de 16 de diciembre de 2024, en materia de Subvenciones y Urbanismo.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución al interesado y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la firma de la resolución por el alcalde.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre, a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Colmenarejo, a 17 de enero de 2025.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.

(03/818/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250129-43