Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2025

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250109-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BERRUECO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Berrueco. Régimen económico. Presupuesto general

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

1. Resumen del mismo por capítulos:



2. La plantilla de personal, según lo siguiente

A) Personal funcionario:

— Habilitado de carácter nacional: Secretario-Interventor 1 plaza.

— Servicios Especiales: Operario de servicios múltiples, 1 plaza.

— Auxiliar administrativo, 1 plaza.

B) Personal laboral:

— Auxiliar administrativo, 1 plazas.

— Educadores casa de niños, 2 plazas.

— Peón de limpieza, 2 plazas.

— ADL, 1 plazas.

— Coordinador Centro Cultural, 1 plazas.

— Peón de Servicios múltiples, 1 plazas.

— Archivero-auxiliar administrativo, 1 plazas.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

El Berrueco, a 23 de diciembre de 2024.—El alcalde, Jaime Sanz Lozano.

(03/21.448/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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