Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250108-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 5800/2024, de 13 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica, correspondiente al curso 2024-2025, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (Turno de estudiantes de nuevo ingreso en la Universidad).

BDNS: 805478

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).

Primero

Objeto

Mediante la Orden 5800/2024, de 13 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se convocan becas de excelencia académica con cuatro líneas de ayudas:

1. Turno estudiantes de nuevo ingreso a la universidad.

2. Turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros superiores de enseñanzas artísticas.

3. Turno de estudiantes ya matriculados en la universidad.

4. Turno de estudiantes ya matriculados en centros superiores de enseñanzas artísticas.

El presente extracto se refiere al turno de estudiantes de nuevo ingreso en la universidad, cuyo objeto es facilitar el desarrollo de los estudios universitarios.

Segundo

Número de becas convocadas

Se convocan un total de 3.215 becas al estudio para estudiantes con aprovechamiento académico excelente correspondientes al curso 2024-2025, de las cuales 1.120 se reservan para estudiantes de nuevo ingreso en la universidad.

Tercero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayudas los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos, se encuentren matriculados, en el curso académico 2024-2025, en enseñanzas oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma y cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Bases reguladoras

Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y becas de excelencia académico-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de mayo de 2024.

Quinto

Criterios de baremación

Las becas de esta línea de ayudas se concederán en función de la puntuación académica obtenida hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.

La nota media mínima necesaria para solicitar las becas de excelencia del turno de nuevo ingreso en la universidad será de 12,800 puntos.

Sexto

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria es de 6.751.500 euros, siendo el crédito reservado a esta línea de ayudas de 2.352.000 euros.

La cuantía individual de cada beca es de 2.100 euros.

Séptimo

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles y comenzará a contar el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El modelo de solicitud estará disponible en las páginas web: https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acce... y será de uso obligatorio para los interesados.

Madrid, a 13 de diciembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/21.689/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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