Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250107-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

66
Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Expropiación

Se pone en general conocimiento que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 6 de noviembre de 2024, al punto 3 “Aprobación inicial de la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos contenidos en el proyecto de expropiación para conexión del saneamiento de ámbitos y sectores en ejecución con red general de saneamiento existente en la avenida de Majadahonda”, adoptó el siguiente acuerdo:

El expediente ha sido examinado en la sesión de 4 de noviembre de 2024 por la Comisión General de Coordinación.

Vista la propuesta de la primera teniente de alcalde, titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo de la Ciudad, de fecha 29 de octubre de 2024, que se transcribe:

“Aprobación inicial.

Visto el expediente relativo al proyecto de expropiación para conexión del saneamiento de ámbitos y sectores en ejecución con la red general de saneamiento existente en la avenida de Majadahonda promovido por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón a instancia de la Fundación Universidad Francisco de Vitoria y los informes técnicos y jurídicos obrantes en el mismo, y en concreto, visto el informe del TAG jefe del Departamento Jurídico del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de fecha 29 de octubre de 2024, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente,

ACUERDO

Primero.—Aprobar inicialmente la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos contenidos en el proyecto de expropiación para conexión del saneamiento de ámbitos y sectores en ejecución con red general de saneamiento existente en la avenida de Majadahonda. Finca registral 842 del término municipal de Pozuelo de Alarcón (Madrid)”, CSV: 6T5W616O6O531Z5P064C.

Segundo.—Someter el expediente junto con la referida relación de bienes y derechos objeto de expropiación al preceptivo trámite de información pública por el plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente acuerdo, mediante la publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, en la Sede Electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con notificación individual a los interesados, para que los titulares de bienes y derechos afectados por la expropiación puedan aportar por escrito cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen en la relación publicada, u oponerse a la ocupación o disposición de los bienes y derechos por motivos de forma o fondo, que han de fundamentar motivadamente.

A los efectos de la subsanación de errores, en la descripción material o legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer alegando cuantos antecedentes o referencias estime pertinente.

En caso de que no se produjeran alegaciones, se considerará aprobada definitivamente aquella relación e iniciado el expediente expropiatorio, siguiéndose el mismo por sus trámites.

Se acuerda en votación ordinaria y por unanimidad de los miembros presentes aprobar la propuesta de resolución transcrita, en sus propios y literales términos.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que queda a disposición del público dicho expediente, que podrá ser consultado con cita previa a través del correo electrónico planeamiento@pozuelo.madrid en la Unidad de Planificación Urbanística del Ayuntamiento, de lunes a viernes y desde las 9:00 a las 14:00 horas, por el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio.

En Pozuelo de Alarcón, a 8 de noviembre de 2024.—El director general de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos (Delegación Decreto de 12 de junio de 2024), Juan José de Gracia Gonzalo.

(02/18.458/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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