Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2025

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250104-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

14
ADENDA de 4 de diciembre de 2024, de prórroga para el año 2025, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, para la realización de actuaciones contra la violencia de género.

Madrid, a 4 de diciembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Miguel Ángel Pulido Cobos, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, las cuales le han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja el día 17 de junio de 2023.

Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua capacidad para la suscripción de la presente prórroga del Convenio de colaboración y

MANIFIESTAN

Primero

En fecha 5 de diciembre de 2023 se firmó Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja para la realización de actuaciones contra la violencia de género.

Segundo

La cláusula décima de dicho Convenio faculta a las partes para prorrogar su vigencia mediante acuerdo expreso formalizado con anterioridad a la finalización de su vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, durante un plazo máximo de 4 años.

En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes, dada su confluencia de intereses, suscribir esta prórroga del Convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga para el año 2025

Las partes firmantes del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja para la realización de actuaciones contra la violencia de género, suscrito en diciembre de 2023, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido obligacional.

Segunda

Financiación

1. El importe total de esta prórroga asciende a la cantidad de 162.661,08 euros.

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid, asciende a la cantidad de 162.661,08 euros con la distribución establecida en el convenio original. La aportación para el Programa contra la violencia de género será financiada a través de los Fondos de Pacto de Estado, con cargo a la partida 46309, del Programa 232 B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025.

3. El Ayuntamiento de Colmenar de Oreja aportará la cantidad de 0,00 euros con la distribución establecida en el convenio original.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 4 de diciembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, Miguel Ángel Pulido Cobos.

(03/20.795/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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