Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250103-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

OFERTAS DE EMPLEO

58
Arganda del Rey. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por resolución del concejal-delegado de Recursos Humanos y Promoción Económica 2024007249, de 12 de noviembre, se aprobaron las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de las pruebas selectivas para proveer un puesto de psicólogo/a clínico, grupo A, subgrupo A1, mediante el sistema de concurso, en régimen laboral temporal por sustitución a jornada completa, adscrito a la Unidad de Salud Pública: Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA).

Las bases están expuestas íntegramente en el tablón virtual y en la página web http://www.argandadelrey.es , sección de oferta pública de empleo dentro de la sede electrónica.

Las solicitudes para participar en la convocatoria se presentarán dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a aquel en que aparezca publicada la Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público para el general conocimiento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Arganda del Rey, a 20 de noviembre de 2024.—El concejal-delegado de Recursos Humanos y Promoción Económica, Jorge Pelado de Lamo.

(02/19.115/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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