Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2024

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241227-99

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

99
Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Anuncio del extracto de la convocatoria para el otorgamiento de prestaciones sociales económicas destinadas a la adaptación de la vivienda habitual y productos de apoyo.

BDNS (Identif.): 803878

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/803878 ).

Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones para la adaptación de viviendas con el fin de facilitar las condiciones de accesibilidad, habitabilidad y salubridad, así como permitir y/o favorecer que los residentes en el municipio de Las Rozas de Madrid puedan mantenerse en sus domicilios, además de ofrecer equipamientos domiciliarios y productos de apoyo que favorezcan la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad en situaciones de dificultad socioeconómica, discapacidad, enfermedad o riesgo de exclusión social. También tiene como objeto reformar arquitectónicamente la vivienda habitual y adecuarla para una mejor accesibilidad y eficiencia energética, así como instalar equipamientos que posibiliten viviendas conectadas mediante medios tecnológicos, sistemas de conectividad y domótica.

Segundo. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 13 de diciembre, publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento y en https://www.lasrozas.es/sanidad-y-servicios-sociales

Tercero. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.—Las solicitudes y declaración de guardador de hecho, se dirigirán a la Concejalía de Familia y Servicios Sociales y se podrán presentar a través del trámite personalizado en la Sede electrónica www.sede.lasrozas.es , de manera presencial en las Oficinas de Atención en Materia de Registro (OAMR) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la forma allí prevista.

Cuarto. Cuantía máxima y crédito presupuestario.—La cuantía total máxima destinada a estas prestaciones sociales de cincuenta mil euros (50.000,00 euros). El importe de las ayudas concedidas será como máximo del 90 por 100 de coste total y la cuantía máxima por beneficiario o unidad de convivencia será de 3.121,00 euros.

Quinto.—El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 17 de febrero de 2025.

Las Rozas de Madrid, a 18 de diciembre de 2024.—La concejal-delegada de Familia y Servicios Sociales, Ruth Agra Sierra.

(03/21.082/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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