Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241227-35

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 5917/2024, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de 2024 de ayudas para a la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB) cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional convocadas por Orden 4635/2024, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.

Mediante la Orden 4635/2024, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB) y se aprobó la convocatoria correspondiente al año 2024 cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 249, de 18 de octubre de 2024).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre, la comisión de selección, reunida el día 29 de noviembre de 2024, estableció la relación de solicitudes propuestas para su estimación y la determinación de la ayuda propuesta a conceder.

A la vista del expediente y del citado informe de la comisión de selección, se formalizó por la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, en calidad de órgano instructor, la propuesta de resolución provisional que fue notificada a los solicitantes el día 2 de diciembre de 2024, concediendo un plazo de diez días para que aceptasen la ayuda propuesta o, en su caso, formularan las alegaciones que estimasen convenientes, de conformidad con el artículo 17.1 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.

Tras la valoración de las alegaciones presentadas, la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica notificó el 11 de diciembre de 2024 la propuesta de resolución definitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 39 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Resolver la convocatoria correspondiente al año 2024 para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB) cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional convocadas por Orden 4635/2024, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.

En el anexo I se relacionan las ayudas concedidas.

En el anexo II se relacionan las ayudas desestimadas, que, una vez evaluadas, no han alcanzado la puntuación suficiente para obtener la ayuda.

El resto de solicitudes no incluidas en esta orden, se entenderán excluidas o desistidas, notificándose a los interesados por los medios oportunos.

Segundo

Autorizar la disposición de un gasto por importe de 5.000.000,00 euros, que se imputará al subconcepto 78200 “Investigación, desarrollo e innovación” del Programa 466A “Investigación” del vigente presupuesto de gastos, y realizar el libramiento de la subvención a las entidades beneficiarias de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.

Tercero

El pago de la subvención se transferirá a la entidad beneficiaria de la ayuda, con carácter previo a la justificación y sin necesidad de constituir garantía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 16.1.c) de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid.

Con carácter previo al pago, se comprobará de oficio la inexistencia de deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid. Asimismo, se comprobará que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro.

Cuarto

El equipamiento adquirido deberá dedicarse al laboratorio REDLAB para el que ha sido obtenido un mínimo de 5 años, o en su caso, durante toda la vida útil del equipamiento si esta es inferior a 5 años.

Quinto

El período de ejecución de las ayudas es de un año a partir de la fecha de publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Este plazo podrá prorrogarse conforme a lo establecido en el artículo 19 de las bases reguladoras.

Sexto

La justificación económica de las ayudas se llevará a cabo según lo indicado en el artículo 22 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.

Séptimo

El seguimiento y control económico de las ayudas se llevarán a cabo según lo indicado en el artículo 23 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.

Octavo

El reintegro se regirá por lo establecido en el artículo 24 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.

Noveno

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 19 de diciembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO





(03/21.281/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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