Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2024

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241220-7

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

7
ORDEN de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan los puestos de Secretario/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Norte (CTIF Madrid-Norte), del Centro de Formación Ambiental (CFA) Ciudad Escolar y del Centro de Formación Ambiental (CFA) Taller de Naturaleza de Villaviciosa de Odón para su provisión por el sistema de Libre Designación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus artículos 102 y 103, establece la formación permanente del profesorado como un derecho y un deber de los profesores y de todos los profesionales de la educación, así como una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.

El Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa (ISMIE) y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, prevé, entre otros, la existencia de los puestos de Secretario en el Centro Territorial de Innovación y Formación y en los Centros de Formación Ambiental, disponiendo que serán nombrados mediante convocatoria pública para la provisión de puestos de Libre Designación.

Estando vacantes el puesto de Secretario/a en el Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Norte así como en los Centros de Formación Ambiental (CFA) Ciudad Escolar y Taller de Naturaleza de Villaviciosa de Odón, se hace preciso proceder a su provisión por el sistema de libre designación entre funcionarios públicos docentes, en situación de servicio activo, pertenecientes a alguno de los cuerpos docentes no universitarios, a la vista del marco normativo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y 17 respectivamente del Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno.

Por cuanto antecede y, en virtud de las competencias conferidas en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y las delegadas al Director General de Recursos Humanos en el apartado segundo de la disposición tercera de la Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones,

DISPONGO

Primero

Objeto

Convocar para su provisión por el sistema de libre designación los siguientes puestos:

— Secretario/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Norte (CTIF Madrid-Norte).

— Secretario/a del Centro de Formación Ambiental (CFA) Ciudad Escolar.

— Secretario/a del Centro de Formación Ambiental (CFA) Taller de Naturaleza de Villaviciosa de Odón.

Segundo

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por las disposiciones siguientes:

— Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

— Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

— Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

— Orden 923/1989, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación.

— Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

— Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

— Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

— Orden 4137/2024, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla el Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

— Las demás disposiciones que sean de aplicación a la presente convocatoria.

Tercero

Requisitos y condiciones de participación

Para poder participar en la presente convocatoria los candidatos deberán poseer los requisitos que se especifican en el Anexo I o II de esta Orden en función del puesto al que se presente la candidatura.

Cuarto

Solicitud y documentación

Las solicitudes de participación se formularán de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto; corrección de errores de 10 de septiembre de 1998).

A la solicitud, se acompañarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos y los méritos que se establecen en el Anexo I o II de esta orden en función del puesto al que se opte.

Asimismo, se deberá aportar un historial académico y profesional, en el que conste la siguiente información:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados tanto en la Administración como en la empresa privada, especialmente los relacionados con el perfil al que se opte.

c) Estudios realizados y conocimiento de idiomas.

d) Poseer acreditación de la competencia digital docente.

e) Otras actividades relacionadas con el perfil del puesto.

Quinto

Cumplimentación de la solicitud, presentación y plazo

Cumplimentación:

Las solicitudes de participación serán cumplimentadas rellenando el modelo aprobado por la citada Orden 2066/1998, de 30 de julio, que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/varios-puestos-secretaria . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Centros de formación y libre designación”, “Puestos de libre designación”

Presentación:

Una vez cumplimentada, dada la condición de empleados públicos de todos los participantes en la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presentará exclusivamente por medios electrónicos a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado, o bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido, en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educación ), siguiendo la ruta “Tramitación electrónica”.

Las solicitudes junto con la documentación, se dirigirán a la Viceconsejería de Política y Organización Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, completando además el campo N. P. T. del apartado “Puestos de trabajo solicitados” con un “0” y con la denominación “Puestos docentes-D. G. RR. HH.”.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con este las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra por parte del interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (poder notarial, autorización firmada del representado hacia el representante, etc.) o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.

Si se presenta la solicitud de participación mediante un representante, deberán consignarse los datos de este en el apartado correspondiente de la solicitud y presentar:

a) Copia del DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.

b) Documento de otorgamiento de la representación.

Plazo de presentación de solicitudes y documentación:

El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Notificaciones

De conformidad con lo regulado en el artículo 3, punto 2 del Decreto 188/2021, las notificaciones individuales, en caso de ser necesarias, se realizarán exclusivamente por medios electrónicos, por lo que los solicitantes deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE).

La información del proceso de alta en este servicio y el sistema de comunicación se encuentra en el portal de la Comunidad de Madrid ( sede.comunidad.madrid ), dentro del apartado “Herramientas”, “Guía de Tramitación electrónica”, “Recibir”, “Notificaciones”

Séptimo

Procedimiento de selección

En la selección de los candidatos se valorará el historial académico y profesional, los méritos acreditados, así como la capacidad de liderar equipos, organizar, orientar y dar respuestas innovadoras a las necesidades formativas del profesorado.

Octavo

Comisión de Selección

Para la selección de los candidatos se constituirá una Comisión de selección integrada por los siguientes cargos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades:

— Director General de Recursos Humanos, o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

— Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, o persona en quien delegue.

— Subdirector General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue, que actuará como Secretario.

Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de selección valorará las candidaturas presentadas, proponiendo a la Dirección General de Recursos Humanos los candidatos seleccionados, así como su nombramiento en el correspondiente puesto.

Noveno

Efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Décimo

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, a 16 de diciembre de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO I

Denominación: Secretario/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Norte.

Localización: Avenida de Euskadi, número 13; 28702 San Sebastián de los Reyes.

Requisitos: Ser funcionario/a de carrera del Grupo A, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Méritos:

a) Competencias genéricas:

— Dominio de la competencia comunicativa, competencia de trabajo en equipo y dinámicas de grupo.

— Conocimiento de idiomas acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

— Acreditación de un nivel de competencia digital docente de acuerdo con el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.

— Experiencia en la gestión de Programas Europeos.

— Experiencia en el uso de las tecnologías en las áreas de información, comunicación, creación de contenido, seguridad, resolución de problemas y trabajo colaborativo en red mediante herramientas informáticas.

— Titulaciones complementarias de grado, máster o equivalente, incluidas las de régimen especial, distintas de las alegadas para el ingreso al cuerpo.

— Título de doctor.

b) Competencias específicas:

— Capacidad de coordinación de equipos de trabajo.

— Experiencia en la organización, gestión económico-administrativa y de personal en el área educativa.

— Experiencia en la planificación, implementación, gestión y seguimiento de programas educativos.

— Conocimiento de la normativa sobre formación del profesorado, de la red de formación del profesorado y su funcionamiento.

ANEXO II

Puestos: Secretarios/as de los Centros de Formación Ambiental.

Localización:

— Centro de Formación Ambiental (CFA) Ciudad Escolar. Complejo Educativo Ciudad Escolar-San Fernando, Carretera Colmenar Viejo, kilómetro 12,800, Madrid.

— Centro de Formación Ambiental (CFA) Taller de Naturaleza de Villaviciosa de Odón: Avenida Viveros, número 1; Villaviciosa de Odón, 28670 Madrid.

Requisitos: Ser funcionario/a de carrera del Grupo A, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Méritos:

a) Competencias genéricas:

— Capacidad para favorecer el desarrollo de una ética ambiental desde una perspectiva de equidad y solidaridad para posibilitar la extensión de prácticas y estilos de vida sostenibles en todos los ámbitos, basados en la utilización racional y solidaria del medio natural, físico y humano, así como la biodiversidad y riqueza de los ecosistemas en la Comunidad de Madrid.

— Experiencia en la gestión documental de programas de educación ambiental.

— Experiencia en la organización y gestión administrativa y económica de centros educativos y centros de formación del profesorado.

— Facultad para ofrecer al profesorado y al alumnado información actualizada sobre el medioambiente y, especialmente, de la zona donde viven para impulsar buenas prácticas y comportamientos de sostenibilidad ambiental.

— Experiencia en el diseño de programas de educación ambiental e innovación educativa.

— Acreditación de un nivel de competencia digital docente de acuerdo con el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.

— Experiencia en el uso de las tecnologías en las áreas de información, comunicación, creación de contenido, seguridad, resolución de problemas y trabajo colaborativo en red mediante herramientas informáticas.

— Titulaciones complementarias de grado, máster, doctor o equivalente, incluidas las de régimen especial, distintas de las alegadas para el ingreso al cuerpo.

b) Competencias específicas:

— Capacidad de coordinación de equipos de trabajo.

— Experiencia en la organización, gestión económico-administrativa y de personal en el área educativa.

— Experiencia en la planificación, implementación, gestión y seguimiento de programas educativos.

— Conocimiento de la normativa sobre formación del profesorado, de la red de formación del profesorado y su funcionamiento.

(03/20.798/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241220-7