Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2024

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241220-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

LICENCIAS

55
Brunete. Licencias. Licencia actividad

Al objeto de que se pueda dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la vigente Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se publica expediente de solicitud de Licencia de Actividad sujeta al procedimiento de evaluación ambiental de actividades que se están tramitando en este Departamento y que se someten a información pública al día de la fecha.

— Tipo de expediente: Calificación urbanística explotación agropecuaria.

— Interesada: Dña. María Ángeles López Segovia.

— Emplazamiento: Parcelas 497, 498 y 499 del Polígono 16.

— Actividad: Explotación agropecuaria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y artículo 11 de la ordenanza sobre evaluación ambiental de actividades de 29 de octubre de 2004 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de enero de 2005), se anuncia al público que ha sido solicitada Calificación Urbanística de la Actividad especificada, de acuerdo con el proyecto que, unido al expediente, se encuentra en tramitación en Concejalía, pudiendo ser examinado en horario de 8:00 a 14:00, de lunes a viernes, dentro del plazo de veinte días hábiles.

Las personas que se consideren afectadas de algún modo por la actividad e instalación referidas pueden formular por escrito las observaciones que estimen oportunas en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Brunete en el indicado plazo de veinte días hábiles.

En Brunete, a 20 de noviembre de 2024.—El primer teniente de alcalde, concejal de Urbanismo, Vivienda y Obras, Eduardo Recio Álvarez.

(02/20.331/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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