Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2024

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241216-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ORDEN de 2 de diciembre de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

Mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de fecha 7 de marzo de 2024 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 96 de 14 de marzo de 2024). Dicho Plan ha sido modificado por las Ordenes de 9 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 174 de 23 de julio de 2024), de 30 de septiembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 246 de 15 de octubre de 2024), de 7 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 251 de 21 de octubre de 2024 y n.o 253 de 23 de octubre de 2024), de 14 de noviembre de 2024 y de 19 de noviembre de 2024.

La presente modificación de este Plan tiene por objeto incluir en la subvención de la Secretaría General Técnica referente a “Subvenciones de concesión directa por razones acreditadas de interés público, social, económico o humanitario a entidades o instituciones sin ánimo de lucro para actividades relacionadas con la memoria democrática”, los beneficiarios de la subvención.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad, en relación con el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,

DISPONGO

Primero

Objeto de la Orden

Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025, en el siguiente sentido:

Uno. Se modifica el epígrafe I del apartado 6.6.a) del anexo de la citada Orden, que pasa a tener la siguiente redacción:

«SUBVENCIONES DE CONCESIÓN DIRECTA A LA FUNDACIÓN INDORTES Y A LA HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE LOS MÁRTIRES DE PARACUELLOS PARA ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA MEMORIA DEMOCRÁTICA

1. Área de competencia y sectores a los que se dirige la ayuda: Fundación Indortes y Hermandad de Nuestra Señora de los Mártires de Paracuellos.

2. Objetivos y efectos perseguidos: facilitar recursos al tejido asociativo para que contribuya a localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil, a la divulgación de trabajos efectuados y resultados conseguidos, así como a la dignificación de los lugares de enterramiento.

3. Plazo para su consecución: año 2025.

4. Costes previsibles y fuentes de financiación: El coste se sufragará con cargo al Presupuesto de Gastos vigente en 2024 del programa 924M subconceptos 48099, “otras instituciones sin fines de lucro”, y 48199, “otras fundaciones” concediéndose respectivamente, a la Hermandad de Mártires de Paracuellos una subvención por importe hasta de 33.607,93 euros y a la Fundación Indortes una por importe de hasta 25.221,29 euros siendo su financiación íntegramente estatal, en los términos indicados por la Conferencia Sectorial de Memoria Democrática.

5. Plan de acción: se regulará por el convenio para la concesión directa de subvenciones, siendo el órgano instructor la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia Justicia y Administración Local.

6. Seguimiento y evaluación: el seguimiento y la evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan Estratégico se realiza a través de los mecanismos previstos en el convenio por el que se instrumente la subvención».

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

Esta Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de diciembre de 2024.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

(03/19.978/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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