Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2024

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241214-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

7
ADENDA de 19 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio en materia de asistencia jurídica entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Consorcio Urbanístico “Leganés Tecnológico”, de Leganés (Madrid), de 20 de junio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Rafael García González, Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, nombrado por Decreto 138/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio de 2023), actuando en condición de Presidente del Consorcio urbanístico “Leganés Tecnológico”, en virtud de delegación efectuada mediante Orden de 27 de septiembre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se delegan las funciones correspondientes a la Presidencia del Consorcio, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 238, de 6 de octubre de 2017), y D. Ramón Cubián Martínez, Director General de Suelo, nombrado por Decreto 151/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio de 2023), actuando en condición de Vocal del Consejo de Administración representante de la Comunidad de Madrid, de forma mancomunada en representación del citado Consorcio Urbanístico en virtud de delegación efectuada por acuerdo del Consejo de Administración del mismo de fecha 23 de mayo de 2024.

Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero

Con fecha de 20 de junio de 2024 fue suscrito el Convenio de asistencia jurídica al Consorcio Urbanístico “Leganés Tecnológico”, de Leganés (Madrid), pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2024.

Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid al Consorcio Urbanístico “Leganés Tecnológico”, de Leganés (Madrid), a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.

Segundo

El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.

Tercero

Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar su prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.

Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de asistencia jurídica al Consorcio Urbanístico “Leganés Tecnológico”, en liquidación, de Leganés (Madrid), de 20 de junio de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Segunda

Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas

Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.

Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 19 de noviembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García Martín.—Por el Consorcio Urbanístico “Leganés Tecnológico”, Rafael García González y Ramón Cubián Martínez.

(03/20.089/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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