Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241210-4

Páginas: 17


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

4
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista, Puestos de Bombero Especialista Conductor, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, y se publica la relación provisional de personas excluidas.

Mediante Orden 2780/2023, de 10 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 283, de 28 de noviembre), se convocaron las pruebas selectivas se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista, puestos de Bombero Especialista Conductor, Grupo C, Subgrupo C1.

De conformidad con lo establecido en las bases octava y novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, al que se puede acceder desde el siguiente enlace: https://sede.comunidad.madrid/buscador

Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bomberos-bombero-especiali...

Segundo

Publicar, como anexo a esta resolución, la relación provisional de personas aspirantes excluidas en el mencionado proceso selectivo.

Tercero

De acuerdo con lo previsto en el apartado sexto de la base octava y en el apartado segundo de la base novena de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes excluidas expresamente así como las que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su no inclusión expresa en la relación provisional de personas aspirantes admitidas al referido proceso. .

Cuarto

1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos.

2. El formulario de subsanación, dirigido a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/buscador

Asimismo, el acceso a dicho enlace estará disponible en la página web del proceso selectivo: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bomberos-bombero-especiali...

Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma, y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse, una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.

3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.

4. Aquellas personas que no figuren en la relación de personas admitidas ni en la de excluidas habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base Tercera.3 de la Orden 2780/2023, de 10 de noviembre.

Quinto

De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2024.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.





























(03/19.691/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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