Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
05-12-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241205-55

Páginas: 9


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

55
Alcorcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

En relación con el proceso selectivo que está llevando a cabo este Ayuntamiento para proveer, mediante concurso-oposición libre, dos plazas de Técnico/a Medio/a, puesto de trabajo de Educador/a de Familia, se pone en conocimiento de los interesados lo siguiente:

Primero.—Que por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2024, se aprobó la convocatoria anteriormente citada y bases específicas, cuyo literal es el siguiente:

«CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE 2 PLAZAS DE TÉCNICO/A MEDIO/A, PUESTO DE TRABAJO DE EDUCADOR/A DE FAMILIA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente Convocatoria la cobertura de 2 plazas de la categoría Técnico/a Medio/a, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento.

— Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a Medio/a.

— N.o de Plazas: Dos (2), de las cuales 1 se reserva para quienes tengan la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

El número de plazas podrá incrementarse con las que resulten vacantes, por cualquier causa, de conformidad a lo establecido en el apartado 1.5 de las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de octubre de 2019).

— Denominación del PT correspondiente: Educador/a de Familia.

— Procedimiento de Selección: Concurso-Oposición.

Una de las plazas está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 del Ayuntamiento de Alcorcón publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de enero de 2022.

La otra plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2024, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2024.

Las características del PT asociado en la RPT vigente son las siguientes:

El complemento específico se verá incrementado en un 2% tras el Acuerdo 4/418 de la Junta de Gobierno Local de 8 de octubre de 2024.

Estos puestos de trabajo están ocupados provisionalmente de forma interina.

2. Normativa

En lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TRLEBEP) aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de octubre de 2019), modificadas por Acuerdo de JGL de 18 de enero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de febrero de 2022), y demás normativa de aplicación.

3. Derechos de examen

Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento “Instrucciones para el pago de tasas de examen” disponible en el apartado de Empleo Público de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

La tasa corresponde a la Tarifa “Plazas del grupo A2 y asimilados”.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la Convocatoria por causa imputable a la persona interesada, ni tampoco por la no presentación a las pruebas selectivas.

4. Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos generales establecidos en el apartado 3.1.1 de las Bases Generales, las personas aspirantes deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Diplomado en Educación Social, o Grado en Educación Social, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Se considera válida la presentación de la habilitación en Educación Social por un Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales siempre y cuando esta se acompañe de un título universitario de Grado o Licenciatura o Diplomatura o Arquitectura/Arquitectura Técnica o Ingeniería/Ingeniería Técnica.

Aquellos/as aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos señalados, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Para ser admitidas, las personas aspirantes deberán presentar:

a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal y que incluye declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Fotocopia del DNI.

c) Las personas que opten por el cupo de discapacidad deberán presentar además documentación que acredite dicha circunstancia. En caso de solicitar adaptación del examen deberán adjuntar dictamen que lo justifique.

d) Justificante del pago de los derechos de examen o, en caso de exención del mismo, Anexo VI. Declaración responsable y certificado/s correspondiente/s.

La documentación que las personas aspirantes deseen hacer valer en el concurso se presentará en el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, plazo que será debidamente publicado en la página web.

Por tanto, no hay que aportar ni el Anexo III ni la documentación del concurso en el momento de presentación de la solicitud.

6. Publicaciones en el tablón de anuncios

Todas las referencias hechas al tablón de anuncios en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.

7. Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, según Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.

Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato PDF o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.

8. Admisión de personas candidatas

Se aplicará lo previsto en el apartado 5 de las Bases Generales, salvo la designación nominal del Tribunal Seleccionador y el lugar, fecha y horas del comienzo del proceso selectivo, que se harán públicos únicamente en la Web municipal tras la publicación de la relación definitiva prevista en el apartado 5.4 de las Bases Generales.

La inclusión de las personas aspirantes en los listados provisionales y definitivos de admitidos no implica la verificación del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, que deberán ser acreditados documentalmente por las personas propuestas para el nombramiento antes del mismo.

9. Órgano de selección

El Tribunal de Selección estará compuesto por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y tres Vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad entre mujer y hombre.

La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. La designación de los/as miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos/as suplentes.

En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales bases generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/99 de la Consejería de Hacienda y al punto 7.o de la Orden 1175/1988 de la Consejería de Hacienda.

10. Sistema de selección y calificación

El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de oposición y posteriormente la de concurso.

A. Fase de oposición

Los ejercicios de esta convocatoria serán dos de carácter obligatorio para todas las personas aspirantes y versarán sobre el temario indicado en el Anexo I. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.

A.1. Primer ejercicio: Test.

Consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 60 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado en el Anexo I (temario general y temario específico). El acierto puntúa 0,50 y el error resta 0,25. Las preguntas en blanco y las que tengan más de una respuesta no puntuarán. El tribunal se reserva el derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.

Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En cualquier caso, la duración no superará los 90 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación mínima de 15 puntos.

A.2. Segundo ejercicio: Supuesto práctico.

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico entre dos propuestos por el Órgano de Selección en el momento de realización de la prueba. Dichos supuestos estarán relacionados con el programa que figura como temario específico dentro del Anexo I a las presentes bases.

La prueba práctica se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En cualquier caso, la duración no superará 2 horas y 30 minutos.

En el caso de que el Tribunal estime que las personas aspirantes puedan utilizar legislación o documentación de apoyo, calculadora u otras herramientas adicionales informarán de este hecho al menos con 48 horas de antelación a la fecha del examen.

Una vez realizada la prueba los/as aspirantes procederán a la defensa del puesto práctico frente al tribunal que podrá preguntar y debatir con el/la aspirante sobre el supuesto realizado con el objetivo de precisar conceptos y valorar la resolución del caso práctico.

La lectura se realizará en la fecha que determine el tribunal, pudiendo ser el mismo día o días posteriores. La lectura del mismo no podrá superar los 20 minutos.

Se reservarán 4 puntos de la nota de este ejercicio para valorar la capacidad de comunicación de la persona candidata, los conocimientos de la realidad de la profesión y las respuestas a las presuntas del tribunal de forma fluida y acorde a las normativas y buenas prácticas profesionales.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación mínima de 20 puntos.

A.3. Calificación de la fase de oposición.

Las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios se harán públicas en la página web municipal.

La calificación final de la fase de oposición será el resultado de la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios, siempre que se hubiera obtenido la puntuación mínima requerida en cada uno de ellos.

B. Fase de concurso

Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:

— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.

— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.

Sólo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.

La fase de concurso consistirá en la valoración de la experiencia desempeñando funciones profesionales propias y correspondientes al ámbito de la Educación de Familia o Educación Social, así como su formación académica y preparación para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo al que aspire de acuerdo con lo que el/la aspirante haya declarado en su instancia de conformidad al baremo siguiente.

El resultado de la fase de concurso se hará público en la página web municipal.

La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.

B.1. Antigüedad.

La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.

— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado/a público/a, a razón de 0,5 puntos por cada año completo o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 5 puntos.

B.2. Experiencia profesional.

La puntuación máxima en este apartado serán 18 puntos.

— Por haber desempeñado puestos de trabajo con la categoría profesional de Educador/a de Familia o Educador/a Social, como empleado/a público/a del grupo A2, a razón de 0,25 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 18 puntos.

— Por haber desempeñado puestos de trabajo, como empleado/a público/a del grupo A2, dentro del ámbito social, a razón de 0,1 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 10 puntos.

B.3. Formación.

La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.

B.3.1. Titulaciones oficiales. Máximo 1 punto.

Por acreditar otras titulaciones universitarias distintas de la exigida: 1 punto

B.3.2. Cursos.

La suma conjunta de este apartado tendrá un máximo de 6 puntos. Se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada en materias relacionadas con las materias contenidas en la parte específica del temario, con la gestión administrativa y la contratación.

— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre del aspirante, fecha de expedición y duración del mismo.

— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o superior a 20 horas.

— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona interesada deberá aportar el programa formativo.

— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, los impartidos por Universidades o en colaboración con éstas y por los Colegios Oficiales del ámbito social.

— También se valorarán aquellas certificaciones de formación en Expertos en temas de contenidos social propio del Educador Social, como Terapeuta Familiar, Expertos en Intervenciones Sistémicas, Experto en Mediación Familiar, en Mediación intercultural y en diversidad funcional, Experto en Drogodependencia o Salud Mental, Exclusión Social, o gestión de Entidades, fundaciones y/o asociaciones. En el caso de formación de Terapeuta Familiar o Intervenciones Sistémicas deberá estar acreditada por las distintas asociaciones y Escuelas Oficiales reconocidas por el FEAP (Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas).

— Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención de Riesgos Laborales genéricos se puntuarán hasta un máximo de 0,6 puntos. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.

B.4. Calificación de la fase de concurso.

La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad y experiencia profesional más la obtenida en el apartado de cursos de formación y perfeccionamiento.

Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.

C. Puntuación definitiva.

La puntuación total y definitiva vendrá dada por la suma de las parciales obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

El órgano de Selección publicará en la página web municipal las puntuaciones de los opositores.

11. Nombramiento

Las personas propuestas por el Tribunal presentarán en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el siguiente a la publicación del anuncio con la propuesta de nombramiento, los documentos que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, si dicha documentación no es presentada en el plazo señalado, si renuncia, o si existen circunstancias sobrevenidas que imposibiliten la incorporación antes del nombramiento, las personas serán excluidas del proceso selectivo, perdiendo el derecho al nombramiento y pudiendo recaer el mismo en la siguiente persona de la lista por orden de puntuación, para lo que se solicitará al Tribunal de Selección una relación complementaria de los/las aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios/as.

12. Bolsa de trabajo

Las personas aspirantes de ambos turnos que hubieran superado alguno de los ejercicios de la fase de oposición formarán parte de una Bolsa de trabajo única para cubrir el puesto de Educador/a de Familia.

Ocuparán los primeros puestos de la lista aquellas personas que hayan superado los dos ejercicios de la fase de oposición ordenados de mayor a menor nota obtenida en la puntuación definitiva. En caso de empate se ordenará en primer lugar por la nota obtenida en la fase de oposición. Si se empatase también en esta nota se ordenará en primer lugar por la nota del primer ejercicio.

A continuación, irán las personas que hayan superado el primer ejercicio ordenados también de mayor a menor nota. En caso de empate se realizará sorteo.

La bolsa que resulte de esta Convocatoria será sustituida por cualquier otra posterior que se convoque o que resulte de una Convocatoria de selección de plazas fijas.

En todo caso, deberá ser sustituida por una nueva bolsa en el plazo de tres años desde la fecha de la resolución que la apruebe. Excepcionalmente y por motivos de necesidad del Servicio podrá prorrogarse esta vigencia por un año más.

La inclusión de una persona en la bolsa no implica la verificación de requisitos necesarios para el ingreso en la función pública. Dicha verificación se realizará cuando las personas que forman parte de esta bolsa sean llamadas, momento en el que deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos los documentos que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, perderán el derecho al nombramiento y a formar parte de la bolsa.

ANEXO I

TEMARIO

Parte general

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo.

3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

4. El Municipio: concepto y elementos. El principio de Autonomía Local: significado, contenido y límites. Las competencias municipales: competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. La sostenibilidad financiera de la Hacienda Local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los servicios mínimos.

5. Municipios de gran población La organización municipal. Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Régimen de delegaciones entre los órganos de Gobierno. Órganos reglamentarios: Comisiones informativas y otros órganos. Potestad de autoorganización de las entidades Locales. Potestad reglamentaria de las entidades Locales: Reglamentos y Ordenanzas. Ley 7/1985 RBRL.

6. El Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Alcorcón.

7. El presupuesto general de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del presupuesto general. La prórroga presupuestaria. RDL 2/2004 Ley reguladora de las haciendas locales.

8. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

9. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada.

10. Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal al servicio de las administraciones públicas. Situaciones Administrativas. Derechos y Deberes. Perdida de la relación de servicio. Régimen Disciplinario.

11. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

12. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Parte específica

13. La declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño. La Constitución Española y la atención a la Infancia.

14. La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del código civil y de la Ley de enjuiciamiento civil.

15. Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia.

16. Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

17. Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio, de Protección Integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) y su repercusión en el marco de actuación de Servicios Sociales

18. El Plan concertado de prestaciones básicas de Servicios Sociales. Concepto. Ad- ministraciones implicadas. Desarrollo en la Comunidad de Madrid.

19. Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid: el sistema público de servicios sociales de la Comunidad de Madrid. Prestaciones. Profesionales, sistemas de información, registros e instrumentos técnicos en el ámbito de los servicios sociales.

20. Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid: Planificación de los Servicios Sociales, ordenación y participación. Provisión, calidad, transparencia, inspección y formación. Financiación del Sistema Público de Servicios Sociales y régimen sancionador

21. Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales. Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

22. Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.

23. El sistema de protección a la Infancia de la Comunidad de Madrid: Organismos, entidades intervinientes y competencias.

24. Evolución histórica de la educación social. Definición y características. Los modelos de acción e intervención aplicados a la educación social. Intervención grupal e intervención comunitaria.

25. La educación social: ámbitos de actuación y código deontológico.

26. Los Servicios Sociales de Alcorcón: Concejalía, estructura y competencias. Circuito de Atención al Ciudadano. Organización y funcionamiento, programas, recursos y prestaciones.

27. Recursos para la protección de la infancia en situación de riesgo y desprotección social: Los apoyos a la familia en su propio medio, el acogimiento familiar, el acogimiento residencial y la adopción.

28. Trabajo en equipo, coordinación interna y coordinación con servicios externos. Trabajo en red.

29. Funciones y competencias de la figura del educador/a en el ámbito de la infancia y adolescencia en los Servicios Sociales municipales.

30. Ordenanza municipal reguladora de ayudas y prestaciones sociales para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social.

31. Ordenanza municipal reguladora de los servicios de atención domiciliaria.

32. Ordenanza municipal reguladora de ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda de personas mayores y/o con discapacidad.

33. El Consejo de protección a la Infancia y la Adolescencia. Comisión de Apoyo a la Familia.

34. Atención a familias y menores del Ayuntamiento de Alcorcón: Programa de Familia de los Servicios Sociales. El recurso de Punto de Encuentro Familiar: normativa y funcionamiento.

35. Proyecto Sociofamiliar de atención del Programa de Familia de los Servicios Sociales Municipales. Las funciones del Educador/a Social.

36. Proyecto de Terapia Familiar de atención del Programa de Familia de los Servicios Sociales Municipales. Las funciones del Educador/a Social.

37. Atención a los menores infractores desde los Servicios Sociales municipales. Competencias y circuito de atención. La Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor infractor (ARRMI), funciones y competencias.

38. Metodología y recursos del educador/a para el seguimiento individual: instrumentos de observación e informes individuales

39. El desarrollo infantil y la adolescencia: El desarrollo físico, intelectual, afectivo y social. Características de cada etapa desde la perspectiva sociocultural. Necesidades básicas de la infancia y adolescencia.

40. El proceso de socialización: concepto, agentes y etapas de la socialización.

41. Intervención y orientación educativa con las familias, perfiles familiares y recursos de intervención.

42. Absentismo Escolar: Causas y consecuencias. Actuaciones en materia de prevención, control y seguimiento del Absentismo Escolar en el ámbito municipal y estructuras de coordinación. Funciones de la Educación Social.

43. Psicología del aprendizaje: Formas del aprendizaje y principales teorías que lo explican. Variables y procesos implicados en el aprendizaje. Modificación de conducta en contextos socioeducativos

44. El derecho a la Educación: la enseñanza obligatoria en el Sistema Educativo español. Aspectos del sistema educativo relacionados con la inclusión educativa y la atención a la infancia en desventaja social

45. Dinámica de grupos, claves en la interacción de grupos infantiles y juveniles: liderazgo, roles, normas, valores y conductas.

46. Técnicas y destrezas para la resolución de conflictos. Recursos para el desarrollo de habilidades sociales de los niños/as y adolescentes.

47. La prevención y promoción de la salud: objetivos y desarrollo en la atención en el ámbito de la infancia y adolescencia.

48. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas TRANS y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas TRANS. Protección efectiva y reparación frente a la discriminación y la violencia por LGTBIfobia.

49. Drogas: Definición según la Organización Mundial de la Salud (OMS). Clasificación según sus efectos. Concepto de abuso, dependencia, consumo compulsivo, tolerancia, síndrome de abstinencia e intoxicación. Prevención comunitaria de las adicciones. Prevención universal, selectiva e indicada. Ámbitos de intervención: educativo, familiar y de ocio. Plan de Adicciones. Servicios y recursos de apoyo a la prevención, tratamiento y reinserción en adicciones. Programas de Reducción del daño. Objetivos. Colectivos vulnerables: Personas sin hogar. Jóvenes con consumos en la vía pública.

50. Suicidio. Epidemiología en España y en Madrid. Conceptos. Evidencia sobre actuaciones y recomendaciones para la prevención de la conducta suicida. Factores de riesgo y protección del suicidio. Estrategias de prevención universal, selectiva e indicada. Plan de actuación de prevención del suicidio en la Comunidad de Madrid.

51. Plan estratégico de subvenciones de Ayuntamiento de Alcorcón 2024-2027. Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Alcorcón.

52. Asociacionismo y dinamización del tejido asociativo en el municipio de Alcorcón.

53. Violencia de género en todas sus manifestaciones. Marco normativo (I): Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

54. Violencia de género en todas sus manifestaciones. Marco normativo (II): Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

55. Violencia de género en todas sus manifestaciones. Marco normativo (III): Ley 5/2005 de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid. Aspectos sociales, psicológicos y jurídicos.

56. El voluntariado social. Aspectos legales. Estatuto jurídico del Voluntariado y su papel en los Servicios Sociales. Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid. La acción voluntaria desde la Administración Local. Estructuras de coordinación y trabajo en red municipal.

57. La evaluación en Educación Social. Evaluación de procesos y de resultados. Evaluación del impacto en procesos de intervención educativa. Técnicas y recursos de evaluación participativa.

58. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. Políticas públicas de igualdad y contra la violencia de género en las Administraciones Públicas.

59. La 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. Portal de transparencia del Ayuntamiento de Alcorcón

60. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales: especialidades en el Sector Público. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): definiciones. Principios. Legitimación para el tratamiento de datos personales. Derechos de los interesados. Obligaciones de los responsables y encargados. Delegado de protección de datos».

Los anexos II, III y IV correspondientes a esta convocatoria podrán descargarse en la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

Segundo.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Alcorcón, a 20 de noviembre de 2024.—El concejal-delegado Recursos Humanos y Atención Ciudadana, Miguel Ángel Palacios.

(02/19.237/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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