Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2024

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241128-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MONTEJO DE LA SIERRA

OTROS ANUNCIOS

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Montejo de la Sierra. Otros anuncios. Candidatura juez de paz

Don Ismael Martín Hernán, alcalde de este Ayuntamiento, hago saber:

Que está previsto la renovación del juez de paz, titular y sustituto, de Montejo de la Sierra, al quedar vacante los cargos.

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz, titular y sustituto, de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito, dirigido a esta Alcaldía.

(De acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, el plazo designado habrá de permitir conocer con suficiente antelación la convocatoria que se está efectuando. Ante la ausencia de un plazo indicado de manera expresa para la presentación de solicitudes, podrá concederse un plazo de entre diez y quince días, aplicando de manera supletoria el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación, donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://montejodelasierra.sedelectronica.es ).

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

Montejo de la Sierra, a 15 de noviembre de 2024.—El alcalde, Ismael Martín Hernán.

(03/19.020/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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