Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241128-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

PERSONAL

48
Alcobendas. Personal. Plantilla personal

En la Dirección General de Gestión de Talento y conforme disponen los artículos 90.1 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y el 126.1.o del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y de conformidad con el artículo 168.1.c) del TRLRHL, por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Alcobendas 2025, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2024, a información pública, a efectos de reclamaciones, según artículo 169 del TRLRHL.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170 de la citada Ley, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento. Dirección General de Gestión de Talento.

La plantilla de personal anteriormente mencionada, se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

Alcobendas, a 18 de noviembre de 2024.—El Director General Gestión de Talento, Andreu Agustí Angelats.

(03/19.006/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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