Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
14-11-2024

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241114-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
San Martín de la Vega. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 16/2024 (expediente 4374/2024), aprobado por acuerdo del Pleno de 2 de octubre de 2024, al no haberse presentado reclamaciones durante el período de exposición pública del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace pública la modificación presupuestaria del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con una operación de crédito a largo plazo, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

La presente modificación presupuestaria se financia con la concertación del préstamo suscrito con la entidad Eurocaja Rural SCC, con CIF: F-45003993, por importe 1.071.827,66 euros, dentro de los límites establecidos en las condiciones para financiar.

Contra el acto de aprobación definitiva de la modificación de créditos del presupuesto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

San Martín de la Vega, a 5 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(03/17.976/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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