Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2024

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241112-18

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

18
ORDEN 153/2024, de 29 de octubre, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024, aprobado por orden 52/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Digitalización.

Mediante Orden 52/2024, de 9 de mayo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024, incluyendo los principios básicos inspiradores de la acción subvencional de la Consejería, siendo modificada posteriormente mediante la Orden 91/2024, de 2 de julio, y la Orden 103/2024, de 16 de agosto, ambas de la Consejería de Digitalización, para añadir varias líneas de subvenciones del ámbito competencial de la Dirección General de Estrategia Digital.

La presente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024-2025 tiene por objeto incorporar las ayudas para el desarrollo de casos de uso Blockchain, dentro del programa de redes territoriales de especialización tecnológica y las ayudas destinadas a las agrupaciones empresariales de innovación digital para promover la competitividad de las pymes y de la economía de la región en general.

Asimismo se incorpora un nuevo epígrafe de subvenciones en régimen de concesión directa, incluyendo en el mismo cuatro líneas de subvenciones nominativas, cuyas dotaciones presupuestarias y beneficiarios aparecen determinados en los estados de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, aprobados mediante la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, para el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad del tejido productivo de la Comunidad de Madrid; así como una subvención al Clúster de Computación Cuántica para el mismo fin en el ámbito de la computación cuántica.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8, apartado 1, establece con el carácter de legislación básica, que los órganos de las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

Asimismo, en el caso de subvenciones concedidas de forma directa y por aplicación del artículo 12.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el contenido del Plan Estratégico se puede reducir a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, costes de realización y las fuentes de financiación, todo ello de conformidad con el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Estrategia Digital, de conformidad con lo previsto en los artículos 4.bis y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Modificar parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Digitalización, modificado por la Orden 91/2024, de 2 de julio, y la Orden 103/2024, de 16 de agosto, ambas de la Consejería de Digitalización, en los siguientes términos:

Primero.—Se introduce un nuevo apartado I.7 Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del Componente 13 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Segundo.—Se introduce un nuevo apartado I.8 Subvenciones de apoyo a las agrupaciones empresariales de innovación digital de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Tercero.—Se introduce un nuevo epígrafe III Líneas de subvención de concesión directa.

Cuarto.—Se introduce un nuevo apartado III.1 Subvención dirigida a Clúster de Blockchain de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Quinto.—Se introduce un nuevo apartado III.2 Subvención dirigida a Clúster de Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Sexto.—Se introduce un nuevo apartado III.3 Subvención dirigida a Clúster de Internet de las Cosas de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Séptimo.—Se introduce un nuevo apartado III.4 Subvención dirigida a Clúster de Transformación Digital de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Octavo.—Se introduce un nuevo apartado III.5 Subvención dirigida a Clúster de Computación Cuántica de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

La presente Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (Base de Datos Nacional de Subvenciones).

En Madrid, a 29 de octubre de 2024.

El Consejero de Digitalización, MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO

ANEXO

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN PARA EL PERIODO 2024-2025

I. Líneas de subvención en régimen de concurrencia competitiva

I.7. Subvención dirigida a la ejecución del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A) Área competencial y sectores a los que se dirige.

El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital la promoción y desarrollo del sector digital de la Comunidad de Madrid, el fomento del emprendimiento y la innovación en el ámbito digital y el fomento del conocimiento y la utilización, en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías informáticas disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías; así como el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital, en el uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial.

Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiarias.

B) Objetivos y efectos.

El objetivo de esta subvención es mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid mediante la automatización y optimización de los procesos industriales, a través de la implementación de casos de uso de tecnología Blockchain y acelerar la adopción de tecnologías Blockchain por parte de las pequeñas y medianas empresas de la región.

Esta línea de subvenciones ayudará a favorecer la transformación digital y la innovación.

C) Plazo.

Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para el año 2025.

D) Costes previsibles y fuente de financiación.

La financiación se realizará con cargo a la partida 77301 “A pequeñas y medianas empresas”, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.

El crédito propuesto será de 2.032.220 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2025.

E) Plan de acción.

Estas subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.

Esta línea de subvenciones se resolverá por orden de entrada de las solicitudes en el registro del órgano competente para su tramitación, una vez que el expediente esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.

El órgano concedente será la Consejería de Digitalización, siendo el órgano instructor de los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.

La resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la citada Consejería.

F) Seguimiento y evaluación.

Los indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento serán el número de actuaciones a realizar por los entes destinatarios de la subvención y el grado de ejecución presupuestaria.

Los sistemas de evaluación serán:

— Cumplimiento de los objetivos fijados.

— Grado de ejecución presupuestaria.

I.8. Subvención de apoyo a las agrupaciones empresariales de innovación digital (AEID) de la Comunidad de Madrid para promover la competitividad de las pymes y de la economía de la región en general.

A) Área competencial y sectores a los que se dirige.

El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital la promoción y desarrollo del sector digital de la Comunidad de Madrid, el fomento del emprendimiento y la innovación en el ámbito digital y el fomento del conocimiento y la utilización, en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías informáticas disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías; así como el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital, en el uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial.

Podrán ser beneficiarias las agrupaciones empresariales de innovación digital que desarrollen su principal actividad económica en la Comunidad de Madrid y cumplan los requisitos previstos para obtener la condición de beneficiarias.

B) Objetivos y efectos.

El objetivo de esta subvención es mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid mediante el apoyo a organizaciones empresariales que favorecen la innovación digital de sus miembros, apoyar el funcionamiento y la inversión de las agrupaciones empresariales de innovación digital para que actúen como elementos dinamizadores en los procesos de digitalización, así como favorecer el desarrollo de proyectos de investigación realizados por las agrupaciones empresariales, dentro de las áreas de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad.

C) Plazo.

Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para el año 2025.

D) Costes previsibles y fuente de financiación.

La financiación se realizará con cargo a la partida 49000 “Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica”, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.

El crédito propuesto será de 1.000.000 euros en la anualidad 2025, estimándose realizar el gasto en 2025.

E) Plan de acción.

Estas subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.

Esta línea de subvenciones se resolverá mediante un único criterio, el número de pymes que forman parte de la AEID.

El órgano concedente será la Consejería de Digitalización, siendo el órgano instructor de los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.

La resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la citada Consejería.

F) Seguimiento y evaluación.

Los indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento serán el número de actuaciones a realizar por los entes destinatarios de la subvención y el grado de ejecución presupuestaria.

Los sistemas de evaluación serán:

— Cumplimiento de los objetivos fijados.

— Grado de ejecución presupuestaria.

III. Líneas de subvención de concesión directa.

III.1. Subvención dirigida al Clúster de Blockchain de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

A) Objetivos y efectos.

El objetivo de esta subvención es dotar de financiación al Clúster de Blockchain de la Comunidad de Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

B) Costes previsibles y fuente de financiación.

La financiación se realizará con cargo a la partida 48090 “Cluster de Blockchain”, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.

El crédito propuesto será de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.

III.2. Subvención dirigida al Clúster de Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

A) Objetivos y efectos.

El objetivo de esta subvención es dotar de financiación al Clúster de Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

B) Costes previsibles y fuente de financiación.

La financiación se realizará con cargo a la partida 48091 “Cluster de Inteligencia Artificial”, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.

El crédito propuesto será de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.

III.3. Subvención dirigida al Clúster de Internet de las Cosas de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

A) Objetivos y efectos.

El objetivo de esta subvención es dotar de financiación al Clúster de Internet de las Cosas de la Comunidad de Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

B) Costes previsibles y fuente de financiación.

La financiación se realizará con cargo a la partida 48092 “Cluster de Internet de las Cosas”, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.

El crédito propuesto será de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.

III.4. Subvención dirigida al Clúster de Transformación Digital de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades tendentes a acelerar la transformación digital del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

A) Objetivos y efectos.

El objetivo de esta subvención es dotar de financiación al Clúster de Transformación Digital de la Comunidad de Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

B) Costes previsibles y fuente de financiación.

La financiación se realizará con cargo a la partida 48093 “Cluster de Transformación Digital”, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.

El crédito propuesto será de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.

III.5. Subvención dirigida al Clúster de Computación Cuántica de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad, en esta área de conocimiento, del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

A) Objetivos y efectos.

El objetivo de esta subvención tramitada como Convenio de Colaboración, es colaborar con el Clúster de Computación Cuántica de la Comunidad de Madrid considerado estratégico para la economía digital regional con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.

B) Costes previsibles y fuente de financiación.

La financiación se realizará con cargo a la partida 49000 “Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica”, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.

El crédito propuesto será de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.

(03/17.681/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241112-18