Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241111-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERVERA DE BUITRAGO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cervera de Buitrago. Régimen económico. Calendario fiscal

Carlos Granja Guerrero, en calidad de secretario de este Órgano, certifico:

Que en la sesión celebrada el 26 de octubre de 2024 se adoptaron los siguientes acuerdos:

Aprobación calendario fiscal 2025 de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del año 2025.

Visto informe favorable de comisión de cuentas, por unanimidad se acuerda aprobar el calendario fiscal 2025 del Ayuntamiento de Cervera de Buitrago, conforme:

Del 1 de agosto al 31 de octubre estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana y rústica).

— Impuesto sobre bienes de características especiales.

— Impuesto sobre actividades económicas.

El ingreso de las cuotas en período voluntario se realizará a través de la entidad bancaria colaboradora (Banco Santander), en las fechas anteriormente referenciadas.

Los recibos domiciliados se pasarán al cobro en la primera quincena del período de pago voluntario.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Cervera de Buitrago, a 29 de octubre de 2024.—El alcalde, Isidro Parra Acevedo.—El secretario-interventor, Carlos Granja Guerrero.

(01/17.719/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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