Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2024

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241108-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pinto. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2024, acordó aprobar provisionalmente el establecimiento de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos del Ayuntamiento de Pinto y la ordenanza fiscal n.o 2.22, reguladora de la mencionada tasa.

Dicho acuerdo y su expediente se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, exposición que se mantendrá durante treinta días hábiles, como mínimo, contando como primer día el siguiente al de su colocación en el mismo, período durante el que los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Asimismo, estarán a disposición de los interesados en el Portal de Trasparencia el certificado de este acuerdo con el texto íntegro, aprobado provisionalmente y los informes emitidos durante su tramitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.e) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Trasparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Por último, se publicarán los anuncios de exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un diario de los de mayor difusión de esta Comunidad Autónoma, cumpliéndose, con todo ello, lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Pinto, a 7 de noviembre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Mario Gutiérrez Infantes.

(03/18.195/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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