Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
30-10-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241030-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

17
ORDEN 4839/2024, de 24 de octubre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declaran los expedientes excluidos en relación con la Orden 4879/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2024-2025.

Mediante la Orden 1142/2022, de 10 de mayo, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de mayo de 2022).

Igualmente, mediante la Orden 1837/2024, de 18 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se aprobó la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2024-2025 (publicada en extracto el 23 de abril de 2024).

Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado séptimo de la Orden 1837/2024, se publicaron, con fecha 24 de junio de 2024, las listas de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas, abriéndose a partir del día siguiente un plazo para la subsanación o mejora de las solicitudes, desde el 25 de junio al 8 de julio de 2024, ambos inclusive.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, mediante la Orden 4879/2024 ha resuelto conceder las citadas becas a los beneficiarios, así como declarar los no beneficiarios de las mismas.

El apartado 4 de la Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, establece que se delegan en los titulares de las direcciones generales en relación con todas las líneas de subvención de sus respectivos ámbitos materiales de competencias, la adopción de los actos que procedan para declarar el desistimiento y la exclusión de las solicitudes.

En base a la citada norma,

DISPONGO

Primero

Declarar excluidas las solicitudes de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2024-2025 relacionadas en el Anexo por los motivos allí expuestos y declarar concluso el procedimiento.

Segundo

El texto de esta orden se hará público en el página web institucional de la Comunidad de Madrid, www.comunidad.madrid , donde también se podrá consultar la situación detallada de las solicitudes y, en extracto, a efectos del cómputo de plazos para la interposición de recursos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Complementariamente a la publicación oficial en la página web, los interesados se podrán informar sobre el resultado de su solicitud a través de las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Orden 1142/2022, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Madrid, a 24 de octubre de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero), el Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña Montes de Oca.

(03/17.533/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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