Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241029-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

URBANISMO

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Cubas de la Sagra. Urbanismo. Proyecto urbanización

“La Junta de Gobierno Local celebrada el día 17 de octubre de 2024, acordó por unanimidad de sus miembros:

Primero.—Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-11 de las NNSS de Cubas de la Sagra, con las siguientes condiciones o prescripciones técnicas, la cual está condicionada a la presentación de la siguiente documentación:

— Informe de impacto ambiental favorable, por parte del órgano ambiental de la CM, según Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Así como su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Informe sectorial de vías pecuarias actualizado, o ratificación del informe favorable expedido por la CM, en 2 de enero de 2007. Según informe del secretario que figura en el expediente 277/2024, queda convalidado por no haber sido modificada la normativa aplicable, para su aprobación inicial.

— Conformidad del abastecimiento y saneamiento por parte del Canal de Isabel II, en el que se cumplan las condiciones impuestas en base al informe con número de registro 10/562451.9/24 en la CM solicitado, que dé cumplimiento del artículo 7 del Decreto 170/1998.

— Informe geotécnico.

— Informe de viabilidad para suministro de energía eléctrica a Iberdrola. Se deberá aportar informe actualizado.

El resto de la documentación que se relaciona a continuación ha de solicitarse a las compañías suministradoras, puesto que los documentos obrantes en el Proyecto de Urbanización inicial no están actualizados.

— Solicitud de registro de instalaciones en la Dirección General de Industria Energía y Minas de:

• Suministro de energía eléctrica y transformadores.

• Red de alumbrado público.

— Informe de conformidad por Canal de Isabel II respecto al saneamiento.

— Estudio hidrológico para la solicitud a la Comunidad de Madrid del informe justificante del cumplimiento del Decreto 170/1998, artículo 7, para esta unidad de ejecución.

— Informe de conformidad para suministro de energía eléctrica a Iberdrola.

Prescripciones técnicas del proyecto de urbanización

— Bajo ningún concepto se enganchará el saneamiento a la red general de pluviales y fecales, hasta no obtener la autorización previa y por escrito del Ayuntamiento (artículo 8, del Decreto 170/1998, de 1 de octubre).

— Existen modelos de farola y de banco que han dejado de fabricarse. Se definirán junto con los servicios técnicos de Cubas de la Sagra, los nuevos modelos a instalar.

Se indica a continuación, a efectos informativos, la documentación necesaria a presentar con carácter previo a la aprobación definitiva:

— Hojas de encargo de las direcciones facultativas.

— Depósito del aval o fianza por la gestión de residuos de construcción-demolición.

— Proyecto de obras en base informática, que incluya las posibles modificaciones con respecto a la aprobación inicial.

— Declaración impacto ambiental por parte CM.

— Anexo justificativo accesibilidad en vía pública según Orden TMA/851/2021.

— Conformidad técnica al proyecto de abastecimiento de agua y al de saneamiento por parte del Canal de Isabel II.

— Conformidad al informe previsto en la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.

— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por la Dirección General de Industria.

— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kW) por la Dirección General de Industria.

— Hojas de encargo de las direcciones facultativas.

— Depósito del aval o fianza por la gestión de residuos de construcción-demolición.

— Proyecto de obras en base informática, que incluya las posibles modificaciones con respecto a la aprobación inicial.

— Conformidad técnica al proyecto de abastecimiento de agua y al de saneamiento por parte del Canal de Isabel II.

— Conformidad al informe previsto en la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.

— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por la Dirección General de Industria.

— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kW) por la Dirección General de Industria.

— Conformidad al proyecto de telecomunicaciones por el organismo competente y compañía del sector.

— Contrato de suministro y conformidad del proyecto de instalación de red de gas de compañía del sector.

— Aprobación del proyecto de suministro de gas por la Dirección General de Industria Energía y Minas.

— Plan de control de calidad de las obras por importe mínimo justificado de un 1 por 100 del coste de las obras de urbanización.

— Empresa responsable de las obras.

— Acta de replanteo.

Asimismo, y con carácter previo al inicio de las obras, se deberá constituir una garantía a favor del Municipio como mínimo del 10 por 100 del importe total previsto de las obras de urbanización (artículo 108, apartado b, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid).

En el caso de solicitud de construcción simultánea a urbanización, el importe de la garantía será del 100 por 100 de los costes de las obras de urbanización (artículo 23, punto 1, párrafo 3.o, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid).

Se establece una garantía para la correcta gestión de residuos de 20.332,20 euros, según medición aportada en el proyecto de urbanización.

La fecha de la firma del Acta de Replanteo deberá acordarse con los Servicios Técnicos Municipales.

Segundo.—Someter la aprobación inicial del proyecto de urbanización a un período de información pública de veinte días mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Durante el período de información pública quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes.

Tercero.—Notificar a los propietarios”.

En Cubas de la Sagra, a 18 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.

(02/16.984/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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