Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241024-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Arroyomolinos. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2024, ha acordado la aprobación inicial de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del Servicio de Gestión de Residuos de Competencia Local del Ayuntamiento de Arroyomolinos.

Se aprueba por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, con once votos a favor y diez votos en contra.

CSV del documento: 28939IDOC20169A93056596F48BC.

Lo que se hace público al objeto de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados puedan examinar los expedientes en horario de atención al público de lunes a viernes en el departamento de Gestión Tributaria y Recaudación sito en la calle El Potro, 21.

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Arroyomolinos, a través de su página web: https://sedeelectronica.ayto-arroyomolinos.org/eAdmin/Sede.do , durante el plazo de treinta días hábiles, que comenzarán a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y formular las reclamaciones que estimen oportunas.

Además, se anunciará en uno de los diarios de mayor difusión de la comunidad autónoma.

Si transcurrido el plazo de información pública no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo Plenario.

En Arroyomolinos, a 21 de octubre de 2024.—El alcalde, Luis Quiroga Toledo.

(03/17.103/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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