Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
23-10-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241023-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

38
Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza tramitación licencias apertura

En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2024, acordó con las mayorías exigidas por la ley aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza municipal de tramitación de licencias de apertura y funcionamiento de Arganda del Rey.

El expediente se encuentra expuesto al público en la dependencia de la Concejalía de Urbanismo, Obra pública y Polígono Industrial de este Ayuntamiento, a fin de que las personas interesadas legítimas a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP y 49 de la Ley 7/1985, puedan examinarlo durante un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de no presentarse reclamación o alegación alguna, la citada modificación de la ordenanza se entenderá aprobada definitivamente, entrando en vigor a los quince días a contar desde el siguiente al de su publicación completa de la modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su notificación a la Administración de la Comunidad de Madrid y del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Arganda del Rey, a 21 de octubre de 2024.—La concejala-delegada de Urbanismo, Obra Pública y Polígono Industrial, María Dolores Martín Alonso.

(03/17.107/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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